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?Puedo cobrar el cheque de 200€ si soy aut¨®nomo y cu¨¢les son los requisitos para pedirlo?
Podr¨¢n solicitar el cheque aquellos trabajadores por cuenta propia con ingresos anuales por debajo de los 14.000 euros y cuyo patrimonio igual o inferior a 43.196,40 euros.
El Gobierno de Espa?a aprob¨® en Consejo de Ministros una bater¨ªa de medidas para ofrecer una respuesta ante las consecuencias econ¨®micas y sociales derivadas de la guerra en Ucrania. Una de ellas fue la aprobaci¨®n del cheque de 200 euros para aut¨®nomos.
La medida, recogida en el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, estar¨¢ en vigor hasta el pr¨®ximo 31 de diciembre y constituye una ayuda directa con una cuant¨ªa ¨²nica de 200 euros dirigida a las personas m¨¢s vulnerables. En este caso, ser¨¢ la Agencia Tributaria el organismo encargado de gestionar las solicitudes de la ayuda. S¨®lo pueden solicitarlo quienes tengan rentas por debajo de un determinado umbral y es incompatible con otras prestaciones.
Los trabajadores aut¨®nomos, desempleados y trabajadores pueden acceder a esta ayuda. Los dos principales requisitos econ¨®micos que se piden a los solicitantes son la presentaci¨®n de unos ingresos anuales que no superen los 14.000 euros, y un patrimonio igual o inferior a 43.196,40 euros. Por otra parte, los futuros beneficiarios de la ayuda deben tener residencia legal y efectiva en Espa?a antes de la entrada en vigor del Real Decreto.
Con respecto a los aut¨®nomos, tambi¨¦n deben cumplir con un tercer requisito para percibir la cuant¨ªa ¨²nica de 200 euros, que es la de estar dados de alta en la Seguridad Social o la mutualidad correspondiente. Por su parte, los desempleados deben estar inscritos en la Oficina de Empleo como demandantes del mismo. Todos aquellos trabajadores por cuenta propia que cumplan con estos requisitos recibir¨¢n el cheque de 200 euros.
Asimismo las personas que perciben el Ingreso M¨ªnimo Vital, o que reciban pensiones del R¨¦gimen General de la Seguridad Social o a trav¨¦s del R¨¦gimen de Clases Pasivas del Estado, quedan excluidos de percibir la ayuda, dado que el propio RDL recoge un incremento extraordinario del 15% en la prestaci¨®n de IMV, que consistir¨¢ en la aplicaci¨®n de un porcentaje del 15% al importe mensual que tenga establecido cada beneficiario individual.
Sin necesidad de presentar documentaci¨®n a la Agencia Tributaria
Es importante tener en cuenta que no hay que presentar ninguna documentaci¨®n. Todo lo realizar¨¢ la Agencia Tributaria que cotejar¨¢ datos econ¨®micos y de renta. La ayuda se puede solicitar hasta el pr¨®ximo 30 de septiembre de 2022. Adem¨¢s, tambi¨¦n fue incluida en el Real Decreto que incluye otras medidas que ayuden a mitigar la inflaci¨®n.