Prestaci車n Econ車mica Vinculada a Servicio: cuant赤as, qui谷nes pueden pedirla y c車mo solicitar
La ayuda contribuye a sufragar los servicios privados que necesita una persona dependiente cuando no es posible el acceso a un servicio p迆blico o concertado.

La Prestaci車n Econ車mica Vinculada a Servicio (PEVS), conocida coloquialmente como ※cheque residencia§, es una de las tres prestaciones econ車micas que contempla la Ley de Dependencia.
La misma, tal y como detalla en su web la Comunidad de Madrid, tiene como finalidad ※contribuir a la financiaci車n del coste de un servicio, prestado por un centro o entidad privada debidamente acreditada, cuando no sea posible el acceso a un servicio p迆blico o concertado§.
Se trata de un mecanismo que est芍 pensado para las situaciones en las que una persona necesita ser atendida en residencias o centros de d赤a pero no existen plazas suficientes en un centro p迆blico de esas caracter赤sticas.
No obstante, dependiendo de la comunidad aut車noma en la que resida la persona dependiente, tambi谷n puede hacerse uso de esta prestaci車n para sufragar los costes de servicios de atenci車n en el domicilio o de teleasistencia.
Cuant赤as desde los 300 a los 715 euros mensuales
Cabe se?alar que la prestaci車n no cubre el precio total de los servicios privados de los que se haga uso, sino que se establecen una cifras mensuales que ayudan a sufragar parte de los gastos.
Las cuant赤as nacionales van desde los 300 euros al mes para dependientes de Grado I hasta los 715 euros al mes para los de grado III. No obstante, hay comunidades aut車nomas que aumentan estas cantidades.
Los tres grados de dependencia
Como se ha mencionado, la cifra mensual de la Prestaci車n Econ車mica Vinculada a Servicio depende del grado de dependencia de la persona que precise la ayuda. Hay tres grados diferentes:
- Dependencia moderada (Grado I): si necesita apoyo al menos una vez al d赤a para realizar ciertas actividades b芍sicas de la vida cotidiana (asearse, comer, ir a la compra, etc.) o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonom赤a personal.
- Dependencia severa (Grado II): si necesita ayuda para realizar varias actividades b芍sicas de la vida diaria dos o tres veces al d赤a, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonom赤a personal.
- Gran dependencia (Grado III): si necesita ayuda varias veces al d赤a o cuando por su p谷rdida total de autonom赤a f赤sica, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonom赤a personal.
Solicitud presencial o por internet
La solicitud de esta prestaci車n (y de cualquier otra relacionada con la atenci車n a la dependencia) puede realizarse de forma presencial y a trav谷s de internet en casi todas las comunidades aut車nomas.
Una vez entregada, un t谷cnico valora el grado de dependencia de la persona. El siguiente paso es el Plan Individualizado de Atenci車n (PIA), en el que se informa de los recursos m芍s adecuados para las necesidades del dependiente y se precisa cu芍les son los servicios p迆blicos que se encuentran disponibles.
En el caso de que el recurso designado no disponga de plazas, se entra en lista de espera y es en ese momento en el que se puede solicitar la Prestaci車n Econ車mica Vinculada a Servicio, que est芍 pensada espec赤ficamente para estos supuestos.