?Se puede votar desde el extranjero en las elecciones si has pedido el voto por correo en Espa?a?
Los dif¨ªciles tr¨¢mites y la rigidez de los plazos pueden provocar que miles de ciudadanos de vacaciones fuera del pa¨ªs no participen en los comicios. Se debe acudir a la embajada o consulado.
No es un escenario habitual tener dos elecciones tan cercanas en el tiempo. Pero los fren¨¦ticos acontecimientos y los resultados de las auton¨®micas y municipales impulsaron al presidente Pedro S¨¢nchez a adelantar una cita electoral que no se esperaba hasta finales de a?o. Un aspecto en el que no se piensa demasiado, pero que es fundamental en el proceso democr¨¢tico, es el del aparato log¨ªstico que se tiene que desplegar para organizar los comicios.
No solamente por la puesta a punto de los colegios electorales, con las miles de urnas, los millones de papeletas que deben estar disponibles en todas y cada una de las mesas del pa¨ªs o la vigilancia para que la jornada se desarrolle sin incidentes. Hay muchos otros retos para la administraci¨®n en el momento de celebrar unas elecciones simult¨¢neamente en toda Espa?a.
Por ejemplo, establecer los tr¨¢mites del voto por correo. Y en esta ocasi¨®n ser¨¢ m¨¢s importante que nunca, pues la fecha, 23 de julio, har¨¢ que muchos ciudadanos no se encuentren en su lugar de residencia debido a las vacaciones estivales y tengan que hacer uso de esta modalidad alternativa de sufragio. Para garantizar la limpieza del sistema, se han extremado las medidas de seguridad, obligando por primera vez a portar documentos identificativos en el momento de enviar la papeleta en la oficina de Correos.
No obstante, hay personas que podr¨ªan quedarse sin votar debido a las dificultades a?adidas de algunos escenarios. Especialmente aparatoso ser¨¢ el proceso para los que se encuentren en el extranjero en las fechas de los comicios, que tendr¨ªan que acudir en mitad de sus vacaciones a hacer los tr¨¢mites en persona a la embajada o consulado correspondiente. Sin embargo, el problema son los plazos. Hay que hacer este proceso antes del 29 de junio, algo que es imposible si se llega al pa¨ªs con posterioridad a la fecha.
Abstenci¨®n forzosa
Este problema se ve agravado por el hecho de que la otra alternativa que podr¨ªan escoger los que se encuentren en esta situaci¨®n, el voto por correo, tambi¨¦n se dificulta debido a las fechas. Las nuevas medidas de seguridad hacen que sea la persona la que tenga que acudir presencialmente a la oficina a depositar su voto, pero el material electoral no comenzar¨¢ a repartirse hasta el 3 de julio -el plazo para votar se extiende hasta el 20 de julio-.
Te¨®ricamente, existe una posibilidad para delegar la entrega de la papeleta en la oficina en un tercero. Esta persona debe llevar consigo una autorizaci¨®n firmada por el votante y una fotocopia de su DNI. No obstante, incluso en este escenario, es obligatorio que sea la persona solicitante del sufragio por correo la que reciba en persona en su domicilio la documentaci¨®n electoral. Y esta no empezar¨¢ a repartirse hasta el 3 de julio -y lo normal es que se reciba m¨¢s tarde de esa fecha-, por lo que la presi¨®n de los plazos persiste y puede llevar a muchas personas que se encuentran en el limbo a un abstencionismo virtualmente forzado.