?Necesito permiso para ir a votar en las elecciones del 9J si trabajo y c¨®mo se solicita?
Los trabajadores pueden disponer de permisos de entre 2 y 4 horas para acudir a ejercer su derecho constitucional al voto para las elecciones del 9 de junio
Este 9 de junio se celebran elecciones europeas en Espa?a. Un momento de m¨¢xima tensi¨®n pol¨ªtica en el que se decidir¨¢ el futuro del Parlamento europeo.
Las elecciones caen, como casi siempre, en domingo. Una fecha elegida para que la mayor¨ªa de los electores pueda ir a votar. No obstante, muchos espa?oles trabajan e incluso algunos podr¨¢n excusar su presencia en la mesa electoral por motivos laborales.
En este sentido, a la hora de depositar nuestro voto, tenemos derecho a ello, con un permiso que depender¨¢ del tiempo que coincida nuestra jornada laboral con el horario de apertura de los colegios electorales.
?Cu¨¢nto tiempo de permiso tengo el 9J?
El permiso retribuido oscilar¨¢ entre las dos y las cuatro horas, dependiendo del horario laboral del que disponga el trabajador. No obstante, un empleado que desempe?a su jornada en un horario que no coincide con el de apertura de las mesas electorales no tiene derecho al permiso.
En todo caso, hay tres supuestos contemplados en el art¨ªculo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, por los que los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido ¡°por el tiempo indispensable para el cumplimiento del sufragio activo¡±:
En caso de que se disponga de un contrato a tiempo parcial, el permiso se adaptar¨¢ a horario del trabajador.
Otros aspectos a tener en cuenta
Por otro lado, la empresa ser¨¢ la que decida en qu¨¦ horario se concede el permiso a los empleados para no afectar a la productividad de la compa?¨ªa. De la misma manera, podr¨¢ exigir al trabajador un justificante de que ha acudido a votar firmado por el presidente de la mesa electoral.
?Y qu¨¦ pasa si soy mesa electoral?
Aquellas personas que sea presidente o vocal de mesas electorales, as¨ª como interventores y apoderados contar¨¢n con un permiso retributivo durante toda la jornada electoral. Adem¨¢s, disfrutar¨¢n de un permiso retribuido de 5 horas de su jornada laboral el 24 de julio, salvo los apoderados, que solo podr¨¢n disfrutar del permiso durante el d¨ªa de la votaci¨®n. En el caso de que estas personas tuvieran turno de noche en la madrugada del 2 al 3 de julio, podr¨¢n solicitar a la empresa el cambio de turno.