?Me puedo librar de la mesa electoral el 23-J si tengo un viaje contratado y qu¨¦ pasa con los gastos?
El viaje no es eximente, pero la decisi¨®n definitiva la tomar¨¢ la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

El domingo 23 de julio de 2023 los espa?oles est¨¢n llamados a las urnas para votar en las pr¨®ximas elecciones generales. En relaci¨®n al sorteo de las mesas electorales entran todas las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente que sepan leer y escribir y no superen los 70 a?os.
Estos ¨®rganos se deciden por sorteo p¨²blico que realizan los ayuntamientos bajo la supervisi¨®n de las Juntas Electorales de Zona. Ser miembro de una mesa electoral es obligatorio, a menos que tu situaci¨®n se encuentre entre los impedimentos y excusas justificadas, recogidas en la Ley Electoral.
Los ¡°impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales¡± se recogen en el BOE y se distribuyen en causas personales, familiares y profesionales. En esta lista, tambi¨¦n aparecen las instrucciones para presentar un escrito de renuncia a la mesa electoral en la Junta Electoral de Zona.
Causas personales
Entre las causas personales para librarse de la mesa electoral se encuentran las siguientes:
¨C Ser mayor de 65 a?os y menor de 70.
¨C La situaci¨®n de discapacidad de cualquier grado, de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o la incapacidad temporal para el trabajo.
¨C Embarazo a partir de los seis meses, situaciones de riesgo durante los mismos y per¨ªodo de descanso maternal.
¨C El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiqui¨¢tricos.
¨C Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los ¨²ltimos diez a?os.
¨C Ser v¨ªctima de un delito en el que el condenado o investigado cuenta con orden de alejamiento y pertenece al mismo colegio electoral.
¨C Padecer una enfermedad f¨ªsica o ps¨ªquica o la previsi¨®n de intervenci¨®n quir¨²rgica o de pruebas cl¨ªnicas relevantes e inaplazables en el d¨ªa de la votaci¨®n, en los d¨ªas inmediatamente anteriores o posteriores.
¨C La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.
¨C El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Aut¨®noma.
Causas familiares
Entre las causas familiares para justificar la ausencia en mesa electoral se encuentran las siguientes:
¨C La condici¨®n de madre, durante el per¨ªodo de lactancia natural o artificial, hasta que el beb¨¦ cumpla nueve meses.
¨C El cuidado directo y continuo de menores, discapacitados o familiares enfermos.
¨C Eventos familiares de especial relevancia.
¨C La condici¨®n de madre o padre de menores de catorce a?os, siempre que otro adulto familiar no pueda ocuparse de los mismos.
Causas profesionales
Las causas profesionales para renunciar la mesa electoral son:
¨C Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones P¨²blicas con funciones electorales.
¨C Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de car¨¢cter m¨¦dico, sanitario, de protecci¨®n civil, bomberos, etc¨¦tera.
¨C Los directores de medios de comunicaci¨®n de informaci¨®n general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
¨C Los profesionales que deban participar en acontecimientos p¨²blicos cuyo papel sea insustituible.
Alegaci¨®n
Como se puede comprobar, el viaje no es eximente, pero la decisi¨®n definitiva la tomar¨¢ la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.
Para ello se deber¨¢ aportar las reservas de la documentaci¨®n que permiten sostener la solicitud y el perjuicio econ¨®mico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligaci¨®n de ser miembro de una mesa electoral. Lo m¨¢s probable es que la alegaci¨®n no prospere, pero la decisi¨®n corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegaci¨®n, la resolver¨¢ en el plazo de cinco d¨ªas.