?Me puedo librar de la mesa electoral el 23J si tengo una boda, bautizo o comuni車n?
Es decisi車n de la junta electoral de cada autonom赤a conceder permiso en caso de presentar la solicitud exponiendo como justificaci車n la asistencia a un evento inaplazable.
A menos de un mes de celebrarse las pr車ximas elecciones generales en Espa?a, que tendr芍n lugar el pen迆ltimo domingo de julio, concretamente el d赤a 23, pueden llegar a coincidir con eventos de especial importancia como una boda, un bautizo o una comuni車n, ya que suele ser la 谷poca en la que m芍s se celebran eventos de este tipo. Adem芍s, al ser domingo, esas posibilidades de coincidir aumentan, ya que dichos eventos normalmente se suelen celebrar los fines de semana.
En el caso de haber sido notificado previamente para acudir a la mesa electoral el pr車ximo 23J, y tener agendados este tipo de eventos, genera una disyuntiva al ciudadano, ya que necesita alegar la asistencia a este tipo de eventos como impedimento o excusas justificada.
Decisi車n de las juntas electorales
Una vez notificada la presencia el pr車ximo 23J en la mesa electoral, el siguiente paso que tiene que seguir el ciudadano es recurrir ante la junta electoral de cada regi車n. En dicho recurso, es necesario presentar documentaci車n y motivos justificados para obtener autorizaci車n del 車rgano regional responsable de la asignaci車n de la mesa de los comicios y ※librarse§ de estar en la mesa electoral, y por ende, asistir al evento.
Una vez presentada la solicitud alegando su presencia en un evento inaplazable y de especial valor sentimental familiar, ser芍 decisi車n de la propia junta electoral interpretar la situaci車n individual alegada y decidir al respecto.