Las causas de alegaci車n que la Junta Electoral acepta para no ser miembro de la mesa el 23J
Te contamos cu芍les son las causas de alegaci車n que la Junta Electoral Central acepta para no ser miembro de las mesas electorales este 23 de julio
Quedan algo m芍s de tres semanas para las elecciones generales del pr車ximo 23 de julio en Espa?a. Los principales partidos espa?oles ya han activado sus maquinarias electorales en un contexto en el que El cuidado directo y continuo
En estos d赤as se est芍n formando las mesas electorales. La Ley Org芍nica del R谷gimen Electoral General (LOREG) establece que los designados presidente y vocal de las mesas electorales ※disponen de un plazo de siete d赤as para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptaci車n del cargo§.
Seg迆n explica la Junta Electoral Central, ※la eventual petici車n de excusa de los designados debe ser resuelta por la propia Junta Electoral de Zona sin ulterior recurso en el plazo de cinco d赤as, debiendo en todo caso considerarse causa justificada el concurrir la condici車n de inelegible§.
En este sentido, la Instrucci車n 7/2023, del 28 de junio de la Junta Electoral Central, especifica una serie de causas que justifican o pueden justificar la presencia en una mesa electoral el pr車ximo 23J.
Causas relativas a la situaci車n personal del miembro designado de la mesa electoral
Causas personales que justifican que el miembro designado de una mesa electoral sea relevado
- Ser mayor de 65 a?os.
- La situaci車n de discapacidad.
- La condici車n de pensionista de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
- La situaci車n de incapacidad temporal para el trabajo, acreditada mediante la correspondiente baja m谷dica.
- La gestaci車n a partir de los seis meses de embarazo y el per赤odo correspondiente de descanso para el cuidado del menor por la madre biol車gica, por el progenitor distinto de 谷sta, o en los supuestos de adopci車n, de guarda con fines de adopci車n y de acogimiento, sea subsidiado o no por la Seguridad Social.
- El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiqui芍tricos, lo que se acreditar芍 mediante certificaci車n de los responsables de los mismos.
- Haber formado parte de una Mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los 迆ltimos diez a?os.
- La condici車n, debidamente acreditada, de v赤ctima de un delito, declarado o presunto, en raz車n del cual se haya dictado una resoluci車n judicial que permanezca en vigor.
Causas personales que pueden justificar que el miembro designado de una mesa electoral sea relevado
- La lesi車n, dolencia o enfermedad f赤sica o ps赤quica que, aunque no haya dado lugar a una declaraci車n de incapacidad para el trabajo, impida ejercer las funciones de miembro de una mesa electoral.
- La condici車n de pensionista de incapacidad permanente total para una determinada profesi車n, siempre que los factores determinantes de la incapacidad concurran tambi谷n por analog赤a en el desarrollo de las funciones de miembro de la mesa electoral.
- La situaci車n de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural, declarada de acuerdo con los art赤culos 186 o 188 LGSS, siempre que los factores de riesgo determinantes de la situaci車n concurran tambi谷n por analog赤a en el desarrollo de las funciones de miembro de la Mesa Electoral. La acreditaci車n se efectuar芍 mediante certificado m谷dico en el que se detallen las limitaciones que impidan o dificulten tal desempe?o.
- La previsi車n de intervenci車n quir迆rgica o de pruebas cl赤nicas relevantes en el d赤a de la votaci車n, en los d赤as inmediatamente anteriores, o en el d赤a siguiente a aqu谷lla, siempre que resulten inaplazables.
- La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el r谷gimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la participaci車n en una mesa electoral.
- El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Aut車noma cuando, adem芍s de dicha circunstancia, se justifique la dificultad de poder formar parte de una mesa electoral.
Causas relativas a las responsabilidades familiares del miembro designado
Responsabilidades familiares que justifican que el miembro designado de una mesa electoral sea relevado
- El cuidado del lactante por sus progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. La acreditaci車n del ejercicio corresponsable del cuidado del lactante se realizar芍 mediante certificaci車n de la reducci車n de la jornada por las empresas en que trabajen sus progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores, as赤 como mediante fotocopia del libro de familia o certificaci車n del encargado del Registro Civil.
- El cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce a?os o de personas con discapacidad f赤sica, ps赤quica o sensorial. Para su acreditaci車n podr芍 aportarse copia del escrito en que se reconozca la reducci車n de jornada de trabajo prevista para tal finalidad en el art赤culo 37.6 ET o en la normativa equivalente aplicable a los funcionarios p迆blicos, o bien certificaci車n de las unidades responsables de los servicios sociales de la Comunidad Aut車noma o de la entidad local correspondiente
- El cuidado directo y continuo de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por s赤 mismo.
Causas familiares que pueden justificar que el miembro designado de una mesa electoral sea relevado
- La concurrencia el d赤a de la elecci車n de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios econ車micos importantes.
- La condici車n de madre o padre de menores de catorce a?os, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.
Causas relativas a las responsabilidades profesionales del miembro designado
Causas profesionales que justifican que el miembro designado de una mesa electoral sea relevado
- Quienes durante el d赤a de la votaci車n deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones P迆blicas que tengan encomendadas funciones electorales.
- Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de car芍cter m谷dico, sanitario, de protecci車n civil, bomberos, etc谷tera.
- Los directores de medios de comunicaci車n de informaci車n general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
- Los profesionales que deban participar en acontecimientos p迆blicos a celebrar el d赤a de la votaci車n, que est谷n previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participaci車n del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios econ車micos relevantes. Estas circunstancias deber芍n acreditarse documentalmente.