Los trabajadores que no pueden jubilarse de forma anticipada
Se debe cumplir tanto con la edad exigida por ley, como con el periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n a la Seguridad Social para acceder a la jubilaci¨®n anticipada.


La jubilaci¨®n anticipada es una de las opciones disponibles para aquellos trabajadores que, con un periodo largo de cotizaci¨®n y con una edad inferior a la ordinaria, puedan retirarse del mercado laboral. Sin embargo, el mero deseo del empleado no es suficiente para que la Seguridad Social conceda su visto bueno.
Para ello, se deben cumplir con los dos requisitos mencionados anteriormente. Se debe tener cumplida una edad inferior en dos a?os, como m¨¢ximo, a la exigida. Para este 2023, por ejemplo, un trabajador puede jubilarse con 63 a?os si se ha cotizado 37 a?os y 9 meses, o m¨¢s. ?sta se incrementa a los 64 a?os y 4 meses en caso de contar con menos de 37 a?os y 9 meses de cotizaci¨®n. Deben encontrarse en alta o situaci¨®n asimilada al alta.
En caso del acceso al cobro de la totalidad de la pensi¨®n de jubilaci¨®n, en el caso de los empleados que quieran acceder a la jubilaci¨®n de forma anticipada entre los a?os 2023 y 2026 (ambos inclusive), ser¨¢ necesario contar con 36 a?os y 6 meses, o m¨¢s, cotizados para tener derecho a percibir el 100% de la base reguladora. A partir del a?o 2027, el periodo exigido para acceder a una pensi¨®n del 100% de la base reguladora ser¨¢ de 37 a?os.
Todos aquellos que no cumplan la edad, o que cumplan la edad pero que no alcancen el m¨ªnimo de cotizaci¨®n exigido, no podr¨¢n solicitar la jubilaci¨®n anticipada y deber¨¢n esperar a la edad de jubilaci¨®n ordinaria, establecida en 65 a?os si se cuenta con 37 a?os y 9 meses o m¨¢s de periodo cotizado, y de 66 a?os y 4 meses si el periodo de cotizaci¨®n acreditado es inferior a este ¨²ltimo.
Jubilaci¨®n anticipada involuntaria
En el caso de la jubilaci¨®n anticipada involuntaria, el periodo de anticipaci¨®n se ampl¨ªa hasta 4 a?os antes de la edad legal ordinaria. Del per¨ªodo de cotizaci¨®n, al menos 2 a?os deber¨¢n estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho, seg¨²n explica la Seguridad Social. En todo caso, el trabajador debe ser consciente que si se jubila de forma anticipada, sufrir¨¢ un recorte en la cuant¨ªa de la pensi¨®n de jubilaci¨®n que recibir¨¢.
A la edad de 61 o 62 a?os, todo jubilado que quiera retirarse tendr¨¢ que hacerlo de forma involuntaria, es decir, que proceda de un cese no voluntario de su trabajo. Se exigen 33 a?os de cotizaci¨®n, y debe ser demandante de empleo desde al menos seis meses antes de la solicitud de jubilaci¨®n. Puede ser un despido colectivo, por causas objetivas, extinci¨®n de contrato por motivos de fuerza mayor, o extinci¨®n de contrato en virtud de una resoluci¨®n judicial dentro de un proceso incluido en la Ley Concursal, entre otros.