Los pensionistas que pagan un 10% del precio de sus medicamentos en la farmacia en 2024
Los pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 euros anuales deben abonar un 10% del precio de venta al p¨²blico de los f¨¢rmacos que prescriben los m¨¦dicos de la sanidad p¨²blica.
Desde el a?o 2012 se aplica en Espa?a la prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria. La misma consiste en el pago parcial de los medicamentos que prescriben los m¨¦dicos de la sanidad p¨²blica. Se trata de lo que coloquialmente se conoce como copago farmac¨¦utico.
Sin embargo, los porcentajes a pagar por los f¨¢rmacos no son fijos, sino que var¨ªan dependiendo del nivel de renta de la persona a la que se le ha recetado el medicamento en cuesti¨®n. En el caso de los pensionistas, pagan un 10% del precio de venta al p¨²blico de los medicamentos, con un copago m¨¢ximo de 8,23 euros al mes. Estos requisitos se fijan para aquellos pensionistas con ingresos inferiores a 18.000 euros anuales.
Por otro lado, aquellos pensionistas que perciben entre 18.000 y 100.000 euros anuales tambi¨¦n abonan ese 10% del precio de los f¨¢rmacos, pero con un copago m¨¢ximo superior al del l¨ªmite mencionado anteriormente. En este caso, la cifra ser¨¢ de 18,52 euros mensuales. A aquellos con m¨¢s de 100.000 euros anuales, deben abonar hasta un 60% del PVP del f¨¢rmaco, con un copago de 61,75 euros mensuales.
Pensionistas exentos del copago farmac¨¦utico
No obstante, tambi¨¦n hay pensionistas que se encuentran exentos de satisfacer la prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria. Se trata de aquellos que reciben una renta inferior a 5.635 euros anuales. Adem¨¢s, tampoco participan en el copago farmac¨¦utico aquellos pensionistas que tienen una renta inferior a 11.200 euros y que no est¨¢n obligados a presentar la declaraci¨®n de la Renta.
Por otro lado, tambi¨¦n hay otros colectivos exentos de ese copago farmac¨¦utico. Entre ellos, se encuentran personas beneficiarias de rentas de integraci¨®n social, beneficiarios de pensiones no contributivas, desempleados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo, beneficiarios del Ingreso M¨ªnimo Vital (IMV) y menores con discapacidad de, al menos, un 33%.