Los errores m¨¢s comunes en la Renta que no debes cometer para evitar sanciones
La declaraci¨®n de la renta sirve para regularizar la situaci¨®n fiscal de cada residente en Espa?a con la Agencia Tributaria. Estos son los errores a evitar.
La declaraci¨®n de la renta es un tr¨¢mite anual presentado entre los meses de abril y junio para regularizar la situaci¨®n fiscal de cada residente en Espa?a con la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas tienen que hacerlo, ya que depende de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del a?o.
La campa?a de la declaraci¨®n de la renta 2022-2023 comenzar¨¢ el pr¨®ximo 11 de abril y terminar¨¢ el 30 de junio. Este tr¨¢mite podr¨¢ hacerse de forma presencial en la administraci¨®n de la Agencia Tributaria, por tel¨¦fono o a trav¨¦s de la p¨¢gina web Renta Web. Para este a?o, se han incluido diferentes novedades en lo que respecta al tope m¨ªnimo establecido para presentar la Declaraci¨®n, as¨ª como en las deducciones en el IRPF.
Para este ejercicio fiscal que se debe declarar entre abril y junio, se mantiene el l¨ªmite de ingresos fijado en 14.000 euros para los contribuyentes con dos o m¨¢s pagadores. Un cifra que ascender¨¢ hasta los 15.000 euros para la campa?a 2023-24. En caso de contar con un pagador, el l¨ªmite est¨¢ fijado en 22.000 euros. En el caso de los trabajadores aut¨®nomos, estar¨¢n obligados a declarar sus ingresos si en cualquier momento del per¨ªodo impositivo hubieran estado dados de alta en el RETA. Una obligaci¨®n que antes no exist¨ªa.
Tambi¨¦n se incluyen cambios en las deducciones del IRPF, recogidos en los ¨²ltimos Presupuestos Generales del Estado, en ¨¢mbitos como la vivienda, acciones en empresas emergentes, que pueden deducir el 30% de las cantidades realizadas en 2022 por la suscripci¨®n de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creaci¨®n, para aut¨®nomos, para mujeres en paro y sin empleo fijo, o las establecidas sobre los planes de pensiones.
En cuanto a estos ¨²ltimos, la cantidad m¨¢xima deducible para aquellos contribuyentes que inviertan en planes de pensiones ser¨¢ de 1.500 euros, y no de 2.000 euros como estaba establecido hasta ahora. Para los planes de pensiones de empleo, el l¨ªmite estar¨¢ fijado en 8.500 euros. Si el dinero rescatado se cobra en forma de capital y se recupera todo lo acumulado, hay que hacer ¨²nico pago de impuestos. En caso de cobrarse en forma de renta, el pago ser¨¢ progresivo en diferentes Declaraciones.
Por ¨²ltimo, entrar¨¢ en vigor el denominado Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ISGF). Para las fortunas con unos ingresos situados en una horquilla de entre tres y cinco millones, tendr¨¢n que pagar un impuesto anual del 1,7%. Una cifra que asciende al 2,1% para personas f¨ªsicas con ingresos de entre cinco y 10 millones, y del 3,5% para contribuyentes con una fortuna superior a los 10 millones de euros.
El incumplimiento del plazo, error principal
La declaraci¨®n de la renta debe presentarse durante el periodo establecido por la Agencia Tributaria. De no ser as¨ª, las personas que incumplan el plazo de pago se enfrentan a un recargo del 5% si realizan la gesti¨®n antes de que lo requiera la Administraci¨®n, del 10% si han transcurrido 3 meses desde el final de la campa?a, del 15% desde los 6 a los 12 meses siguientes, y hasta un 20% junto a los intereses de demora si se realiza un a?o despu¨¦s de la finalizaci¨®n.
Deducciones err¨®neas, los m¨¢s graves
Las bonificaciones o deducciones aplicadas de forma incorrecta para beneficiarse en la Declaraci¨®n es uno de los errores m¨¢s frecuentes y m¨¢s graves. Seg¨²n Hacienda, que conlleva una sanci¨®n del 15% de la cantidad recibida. En caso de que se a?adan datos err¨®neos o faltasen datos importantes, se establecer¨ªa un gravamen de 300 euros.
Fraude y falsedad documental
Si el contribuyente usa m¨¦todos fraudulentos, se juzgar¨¢ como una falta de extrema gravedad y la sanci¨®n puede llegar hasta el 150% seg¨²n el da?o causado a Hacienda. Asimismo, si la Administraci¨®n revela un fraude millonario, la multa en los casos de infracciones graves, esto es, superiores a los 30.000 euros, o muy graves, superiores a 300.000 euros; tambi¨¦n puede conllevar otras penas como ayudas p¨²blicas, subvenciones e incluso la suspensi¨®n profesional.
Por ¨²ltimo, en caso de que la persona presente facturas, documentos o justificantes falsos en la declaraci¨®n de la renta con el fin de conseguir una ventaja superior a 3.000 euros, la multa oscila entre el 50% y el 100% del importe.