La Seguridad Social indica cu¨¢nto y cu¨¢ndo habr¨¢ que pagar las cuotas de las empleadas de hogar
El aumento de las cuotas a pagar tanto por empleado como por la empleada, la aportaci¨®n del trabajador, depender¨¢ del salario de la empleada de hogar.
Seg¨²n los datos publicados en la p¨¢gina web de la Seguridad Social, y viendo como referencia la base de cotizaci¨®n media de 655,22 euros mensuales, los empleadores deber¨ªan pagar 32,76 euros al mes en concepto de desempleo y 1,31 euros al mes por FOGASA (Fondo de Garant¨ªa Salarial).
Gracias a la bonificaci¨®n del 80% del Gobierno, solo abonan 6,81 euros, y tambi¨¦n ven reducida en un 20% su aportaci¨®n por contingencias profesionales. Todo un avance.
Lo que dice la ley
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, que mejora las condiciones de trabajo de las personas empleadas en el hogar, se incrementa la cotizaci¨®n para incluir la protecci¨®n por desempleo y la aportaci¨®n al FOGASA que se aplican a la base de cotizaci¨®n, determinada por el salario percibido por la persona al servicio del hogar familiar.
Bonificaciones
As¨ª, el importe de la cuota que deber¨¢ pagar el empleador no experimentar¨¢ una subida elevada puesto que la normativa incluye bonificaciones y reducciones a estas aportaciones.
En concreto, hay reducciones del 20% en la aportaci¨®n empresarial a la cotizaci¨®n a la Seguridad Social por contingencias comunes y una bonificaci¨®n del 80% en la aportaci¨®n empresarial por desempleo y al FOGASA para quienes tengan contratada o que contraten, bajo cualquier modalidad contractual, a una persona al servicio del hogar familiar con el correspondiente alta en la Seguridad Social.
El ¨²nico requisito es que se encuentren al corriente con la Seguridad Social y en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el momento del inicio de la actividad de la persona trabajadora.
Tipos de cotizaci¨®n
Para la base de cotizaci¨®n media del sistema especial de empleo de hogar (655,22 euros), la cuota para el empleador subir¨¢ menos de 7 euros, una vez aplicada la bonificaci¨®n del 80%. Te lo contamos paso a paso. A partir del 1 de enero de 2023, los tipos de cotizaci¨®n ser¨¢n los que se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio. Ahora, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022 los tipos de cotizaci¨®n ser¨¢n los siguientes:
Por ejemplo, para la base de cotizaci¨®n media por hogar que, seg¨²n nuestros datos, es de 655,22 euros, la cotizaci¨®n correspondiente ser¨ªa:
Aplicada la bonificaci¨®n del 80%, en su caso, la cuota correspondiente ser¨ªa:
El primer pago de las nuevas cotizaciones se har¨¢ en diciembre (las cuotas correspondientes al mes de noviembre), mientras que las de este mismo mes de octubre se cobrar¨¢n ya en 2023, en una fecha que a¨²n no est¨¢ especificada pero seguramente ser¨¢ en los primeros meses del a?o.