La raz¨®n por la que Hacienda te puede embargar la pensi¨®n
Dependiendo de las deudas que contraigas, el Estado puede quedarse con parte de la pensi¨®n seg¨²n el art¨ªculo 44 de la Ley General de la Seguridad Social.
Cuando cobras una prestaci¨®n econ¨®mica por parte del Estado tienes grandes beneficios, pero tambi¨¦n algunas obligaciones. Y una de ellas es que s¨ª te pueden embargar la pensi¨®n.
Seg¨²n el art¨ªculo 44 de la Ley General de la Seguridad Social, que se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se detalla: ¡°Es inembargable el salario, sueldo, pensi¨®n, retribuci¨®n o su equivalente, que no exceda de la cuant¨ªa se?alada para el salario m¨ªnimo interprofesional¡±.
Cu¨¢ndo no pueden quitarte la pensi¨®n
No es posible embargar una pensi¨®n que est¨¦ por debajo de los 1.000 euros repartidos en catorce pagas, que es el importe fijado para el Salario M¨ªnimo Interprofesional (SMI) desde 2022.
Aunque hay una excepceci¨®n, cuando las personas que han percibido una prestaci¨®n econ¨®mica procedente del sistema p¨²blico de pensiones de forma ilegal o improcedente.
Hay algunas excepciones al embargo de la pensi¨®n, cuando se habla de pensi¨®n alimenticia a c¨®nyuge o hijos en divorcios y separaciones. As¨ª que aquellos pensionistas que dispongan de deudas con acreedores podr¨¢n ver reducida una parte de su pensi¨®n hasta que se salden dichas deudas.
Cu¨¢nto te pueden embargar
Como m¨¢ximo, te pueden embargar el 30% del importe de la pensi¨®n. Entre el 21% y el 30% de la prestaci¨®n, cuando la cuota sea igual o superior a la mitad de la pensi¨®n m¨¢xima establecida en ese momento.
O entre el 15% al 20% de la prestaci¨®n, cuando el importe no alcance la cantidad anterior, y ¨¦sta sea igual o superior a la pensi¨®n m¨ªnima de jubilaci¨®n para mayores de 65 a?os con c¨®nyuge a cargo.