La cantidad m¨¢xima de dinero en efectivo que puedes llevar por la calle
Seg¨²n la Ley 10/2010, de 28 de abril, las autoridades pueden retener el dinero en efectivo si supera una cierta cantidad y no se presenta una declaraci¨®n.

Aunque cada vez es menos com¨²n llevar dinero en efectivo encima por el uso de las tarjetas de cr¨¦dito, hay un l¨ªmite en la cantidad de euros que podemos tener con nosotros cuando salimos a la calle. La Ley 10/2010, de 28 de abril, recoge la cantidad m¨¢xima, dependiendo del lugar en el que nos encontremos.
Seg¨²n el art¨ªculo 34 de la citada ley, todas las personas que lleven encima una cantidad igual o superior a 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera) deber¨¢n presentar una declaraci¨®n de origen del dinero, siempre que los traslados o movimientos se produzcan dentro del territorio nacional.
Si los traslados y movimientos se producen en territorio extranjero, la ley asciende el l¨ªmite a 100.000 euros o m¨¢s (o su contravalor en moneda extranjera). En ambos casos, si el poseedor de tal cantidad la lleva por la calle, est¨¢ obligado a presentar una declaraci¨®n que explique el origen del dinero.
?Qu¨¦ debe aparecer en la declaraci¨®n?
Pero, adem¨¢s del origen, la declaraci¨®n tendr¨¢ que llevar los datos del portador, el propietario, destinatario, remitente, importe, naturaleza, procedencia, uso, itinerario y el modo de transporte utilizado para los medios de pago. Esta declaraci¨®n debe llevar la firma de la persona que transporte el dinero.
Pero cuando hablamos de dinero efectivo, la Ley se refiere a todos los medios de pago f¨ªsicos legales. Es decir, habr¨¢ que declarar el origen del capital si supera las cantidades mencionadas si llevamos papel y moneda met¨¢lica, cheques, pagar¨¦s, ¨®rdenes de pago, tarjetas prepago o materias primas utilizadas como dep¨®sitos como el oro.
El objetivo del Gobierno es erradicar la econom¨ªa sumergida y el fraude fiscal, en los que normalmente se utiliza el dinero en efectivo para evitar a Hacienda. Hist¨®ricamente, la econom¨ªa sumergida en Espa?a se ha situado en un 20% respecto al PIB del pa¨ªs, pero un alto cargo de la Agencia Tributaria estim¨® hace un a?o que esta es del 10%, seg¨²n recogi¨® El Confidencial.
Si no se cumple con la citada ley, las autoridades pueden retener ese dinero por un plazo de 30 d¨ªas en los siguientes casos: No se presenta la declaraci¨®n o no se presenta en el plazo correspondiente, la declaraci¨®n tiene fallos o la estimaci¨®n del dinero supera el 10% del total o m¨¢s de 3.000 euros, los medios de pago no se ponen a disposici¨®n de las autoridades o se sospeche que los medios de pago est¨¢n relacionados con actividades delictivas.