?Hay que presentar la declaraci¨®n de la Renta 23-24 si trabajo en el extranjero y c¨®mo se computan los d¨ªas?
A la hora de trabajar fuera de Espa?a conviene conocer la normativa nacional y la existencia del convenio para evitar la doble imposici¨®n.
Trabajar en el extranjero, bien sea por la posibilidad de estar sujeto a la tributaci¨®n en m¨¢s de un estado, o bien por las diferencias laborales entre pa¨ªses, es siempre uno de los escenarios que m¨¢s dudas fiscales genera. No existe una ¨²nica respuesta, ya que la normativa no es universal, pero s¨ª que se pueden utilizar ciertos principios ¨²tiles en el caso espa?ol.
En primer lugar, conviene saber cu¨¢ndo una persona es residente fiscal en Espa?a. Habitualmente, si el trabajador se marcha a otro pa¨ªs para continuar su vida y su trabajo, deber¨¢ ser -salvo excepciones- en ese segundo pa¨ªs donde deba realizar la declaraci¨®n de la renta. De hecho, esto ser¨¢ as¨ª aunque la empresa sea de origen espa?ol y se ubique fuera de sus fronteras.
Para ello, es necesario saber cu¨¢ndo se reconoce formalmente que has dejado de vivir en Espa?a. Hay dos requisitos obligatorios para que esto se produzca:
Transcurrido un a?o, si se cumplen ambas premisas y el trabajador no reside en Espa?a, no tendr¨¢ que declarar aqu¨ª. Sin embargo, si genera rentas dentro del territorio nacional, s¨ª que es posible que deba pagar a trav¨¦s del impuesto sobre la renta de no residentes.
El convenio para evitar la doble imposici¨®n
La utilidad de este acuerdo es evitar que una persona o entidad pague dos veces por la misma renta en dos pa¨ªses diferentes. En el caso espa?ol, el IRPF grava toda la renta obtenida en cualquier parte del mundo por los residentes fiscales en Espa?a; pero, al mismo tiempo, existe el mencionado impuesto sobre la renta de no residentes.
En el supuesto de que una persona genere rentas en un pa¨ªs con un impuesto semejante, el trabajador estar¨ªa pagando dos veces por lo mismo. Para evitar esto, y teniendo en cuenta que cada pa¨ªs grava de forma diferente, existe el Convenio para evitar la doble imposici¨®n al trabajar en el extranjero
La declaraci¨®n para residentes fiscales en Espa?a
Una vez entra en vigor un convenio de doble imposici¨®n, ¨¦ste se convierte en la referencia a la que remitirse para saber la medida en la que tributas en un pa¨ªs u otro. Si no existe dicho convenio, o no se pronuncia sobre un tema concreto, habr¨ªa que atender a las normas nacionales. Se desencadenan entonces diferentes soluciones para no pagar dos veces los impuestos correspondientes. Entre todas, destacan dos:
?Existen exenciones de pago de la renta al trabajar en el extranjero?
Si se confirma la condici¨®n de residente fiscal en Espa?a, pero trabajas en el extranjero, es posible acceder a una exenci¨®n de los rendimientos que se derivan del sueldo (de hasta 60.100 euros anuales). De nuevo, se deben cumplir algunos requisitos:
Otra alternativa, incompatible con la exenci¨®n anterior, es aplicar el r¨¦gimen de excesos. Esto significa que has de decantarte por una de las dos opciones. Con ¨¦l, lo que no se grava es lo que se denomina ¡°plus de desplazamiento¡±; esto es la cantidad que cobras de m¨¢s por trabajar en el extranjero -destinado por una empresa espa?ola- comparado con lo que recibir¨ªas por desarrollar tus funciones dentro de Espa?a.
El caso de los trabajadores transfronterizos
Dentro de este grupo se incluyen aquellos que trabajan diariamente en pa¨ªses que no coinciden con su residencia. Esta situaci¨®n es com¨²n en algunas regiones o localidades pr¨®ximas a la frontera f¨ªsica entre dos estados. En Espa?a, est¨¢n reguladas de la siguiente forma: