?Hay que declarar las herencias en la Declaraci¨®n de la Renta 22-23?
Una de las grandes preguntas en la Declaraci¨®n de la Renta es saber si hay que tributar en el IRPF las herencias obtenidas en el ejercicio fiscal.
Este 11 de abril da comienzo la campa?a de la Renta 2022-23. Millones de espa?oles presentar¨¢n su declaraci¨®n en las primeras jornadas, mientras que otros tendr¨¢n tiempo de hacerlo hasta el pr¨®ximo 30 de junio, ¨²ltimo d¨ªa para presentar la Renta del pasado ejercicio 2022.
Una de las grandes dudas de los contribuyentes espa?oles es saber si hay que declarar (o no) las herencias en la Renta. Como normal general, no hay que hacerlo puesto que ya se hace a trav¨¦s del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este impuesto aplica en las herencias de bienes as¨ª como de cuentas corrientes, dep¨®sitos, acciones y, por ejemplo, dinero en efectivo.
Es de obligado cumplimiento en todo el territorio espa?ol, aunque sus grav¨¢menes dependen de cada comunidad aut¨®noma. Adem¨¢s del tributo mencionado, tambi¨¦n hay que liquidar el Impuesto sobre el Incremento Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), de ¨¢mbito municipal, conocido com¨²nmente como Impuesto de Plusval¨ªa.
Lo que debes tener en cuenta sobre herencias en el IRPF
En el caso de que recibamos un bien a trav¨¦s de una herencia y genere ingresos o beneficios, s¨ª tenemos que declarar estas ganancias en el IRPF. El ejemplo m¨¢s sencillo es el de la venta o alquiler de una vivienda heredada, algo que tambi¨¦n afectar¨ªa a las ganancias por acciones o dep¨®sitos.
Adem¨¢s de lo comentado anteriormente, hay que tener en cuenta la figura de la renta inmobiliaria imputada. Seg¨²n explica ING en su blog, se trata de un ingreso a efectos de la Renta que hay que declarar por tener una vivienda vac¨ªa, la cual entiende Hacienda que es susceptible de generar una renta o un ingreso. La AEAT estima que debes pagar un m¨ªnimo en la Renta por tener la posibilidad de ganar ese dinero, aunque no lo hayas hecho. La imputaci¨®n de la renta inmobiliaria suele ser de un 2% del valor catastral reflejado en el Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI), aunque puede bajar al 1,1% en algunos supuestos.
Esta renta inmobiliaria imputada no se aplica a:
Los planes de pensiones tambi¨¦n son una excepci¨®n. No est¨¢n considerados como parte de la masa hereditaria, por lo que no se tributan en el Impuesto de Sucesiones y s¨ª deber¨ªan tributarse como rendimientos del trabajo v¨ªa IRPF en el caso de que se solicite su rescate.