El n¨²mero de monedas que puedo ingresar en el banco sin pagar comisi¨®n
El reglamento 2169/2005 de la UE establece que los bancos no est¨¢n obligados a aceptar m¨¢s de 50 monedas excepto en actividades de caja p¨²blica y servicio de caja diaria.
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A¨²n sigue siendo habitual la pr¨¢ctica de ingresar monedas en efectivo en los bancos. Sin embargo, no est¨¢ permitido meter grandes cantidades en el banco debido a que la Uni¨®n Europea establece un n¨²mero limitado de monedas para ingresar en las entidades bancarias. Hasta 50 monedas en efectivo est¨¢n permitidas introducir en las sucursales bancarias para ingresarlos en las cuentas corrientes.
Seg¨²n establece el Reglamento 2169/2005 de la Uni¨®n Europea en su art¨ªculo 11, ¡°ninguna parte est¨¢ obligada a aceptar m¨¢s de 50 monedas en un ¨²nico pago¡±, salvo la autoridad emisora y personas designadas espec¨ªficamente por la legislaci¨®n nacional del Estado miembro emisor.
Dos excepciones
Dentro de esta norma, hay dos excepciones en las que el banco s¨ª puede aceptar m¨¢s de 50 monedas en un ¨²nico pago. La primera es que la Administraci¨®n delegue en la sucursal bancarias en actividades de caja. Esto quiere decir que existir¨ªa una cooperaci¨®n entre Estado y banco en materia fiscal.
La segunda es una necesidad profesional, dirigido para aquellos comerciantes que necesiten monedas en efectivo con frecuencia para poder desempe?ar su funci¨®n laboral. En este caso estos profesionales demandar¨ªan un servicio de caja diario.
Explicaci¨®n del Banco de Espa?a
Desde el Banco de Espa?a sit¨²an a la falta de recursos t¨¦cnicos y humanos para el recuento de las monedas como la explicaci¨®n a esta normativa. Adem¨¢s, tampoco es una pr¨¢ctica que les resulte rentable econ¨®micamente.
Sin embargo, el Banco de Espa?a puntualiza una soluci¨®n para aquellos clientes que vayan a realizar estos ingresos mediante monedas con asiduidad, creando la conocida comisi¨®n de recuento. El cliente que no est¨¦ dentro de las excepciones mostradas por la UE pueden acordar la admisi¨®n de m¨¢s de 50 monedas, con la salvedad de tener un recuento posterior, que en el caso de que el recuento de monedas por parte del banco no coincidiera con el conteo del banco, prevalecer¨¢ este ¨²ltimo por delante del acuerdo.
Para que no suceda eso, los bancos ofrecen dos opciones: Bl¨ªsteres en los que se pueden apilar todas las monedas y entregarlos como una sola unidad o brindar un servicio de entrega de efectivo a domicilio mediante transporte blindado, recuento, empaquetado y transformaci¨®n de efectivo.