?Tengo que presentar la Renta si cobro dos o m¨¢s pensiones y cu¨¢ndo hay que hacer la declaraci¨®n?
Te contamos si hay que presentar la declaraci¨®n de la Renta en el caso de que tengas dos pensiones y c¨®mo se tributan a Hacienda.

La respuesta corta es s¨ª. La versi¨®n larga la vamos a detallar. Y es que tener dos pagadores es una situaci¨®n muy frecuente entre los jubilados en Espa?a. Algunos pensionistas cotizaron en el extranjero y tienen dos pensiones; otros cobran su pensi¨®n de jubilaci¨®n y otra de viudedad y hay quienes perciben la pensi¨®n y adem¨¢s han recuperado su plan de pensiones.
Los casos, explicados
Respecto al primer supuesto, todas esas personas que fueron y volvieron, tienen dos pagadores. Adem¨¢s, a Hacienda le da igual de cu¨¢nto sea la paga, se consideran dos pagadores y deben hacer la declaraci¨®n de la Renta. Tambi¨¦n tienen que hacerla aquellas personas que han recuperado su plan de pensiones, hay que hacer la declaraci¨®n porque se considera igualmente como renta del trabajo, ya que son ingresos que tienes ahora.
Por ¨²ltimo, deben presentarlo aquellas personas que cobren una pensi¨®n de jubilaci¨®n y de viudedad al mismo tiempo. Aunque es compatible con otro tipo de prestaciones o pensiones, a la hora de tributar se considera que ambas pensiones provienen de dos pagadores.
En todos estos casos la Agencia Tributaria no tiene en cuenta el l¨ªmite de 22.000 euros anuales para a estar exento de hacer la declaraci¨®n puesto que hay dos pagadores y el l¨ªmite exento bajar¨ªa a 15.000 euros, con menos de 1.500 euros en el segundo pagador. Por tanto, aunque ingreses menos dinero, si cumples estos supuestos con las limitaciones especificadas, estar¨ªas obligado a presentar la declaraci¨®n de la Renta a partir de este 3 de abril.
La opci¨®n de Hacienda para ajustar los ingresos
Para evitar este problema, es posible presentar en Hacienda el Modelo 146 de la Agencia Tributaria. Seg¨²n explica Hacienda, este modelo ¡°podr¨¢ ser utilizado por los pensionistas que tengan dos o m¨¢s pagadores para acogerse al procedimiento especial¡±.
El objetivo de este modelo es lograr que el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta sobre las pensiones y haberes pasivos procedentes de m¨¢s de un pagador soportados por los contribuyentes que se acojan al mismo, coincida con el que hubieran soportado de haber procedido los citados rendimientos de un solo pagador¡±. El blog Jubilaci¨®n y Pensi¨®n de Mapfre aclara que debemos presentarlo entre los meses de enero y febrero de cada ejercicio fiscal.