Qui¨¦nes pueden solicitar la ayuda de 3.420 euros del SEPE que podr¨¢s cobrar a partir del 1 de junio
Se trata de una prestaci¨®n de 570 euros durante los seis primeros meses de empleo, ascendiendo a 3.420 euros totales. Se aplicar¨¢ a partir del 1 de junio de 2024.
El pasado mi¨¦rcoles se firm¨® la ¨²ltima reforma del subsidio por desempleo por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, y los l¨ªderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe ?lvarez. Ahora la medida permite trabajar mientras se cobra una ayuda por desempleo, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
La nueva subida en la cuant¨ªa supone una nueva ayuda de 3.420 euros a partir del 1 de junio de 2024. Por lo que, aunque haya sido anunciada hace tan solo unos d¨ªas, no se puede aplicar a los desempleados que actualmente perciben un subsidio por desempleo. De esta forma, habr¨¢ que esperar a comienzos del pr¨®ximo mes para poder ver esta prestaci¨®n hecha realidad.
Esto afecta directamente a los beneficiarios de alguna de las tres nuevas ayudas asistenciales: por insuficiencia de cotizaci¨®n, por agotamiento de la prestaci¨®n contributiva de desempleo o por optar al subsidio para mayores de 52 a?os.
570 euros al mes
Actualmente la cuant¨ªa se sit¨²a en 480 euros al mes, pero con la implementaci¨®n de la reforma est¨¢ previsto que la cifra suba hasta los 570 euros durante los seis primeros meses a partir del pr¨®ximo 1 de junio, lo que corresponde al 95% del IPREM.
De esta forma, es posible cobrar el importe del subsidio junto a un salario, ya sea de jornada parcial o completa, sin que este sea objeto de reducciones en el importe. Se trata de una ayuda que estar¨¢ disponible durante 180 d¨ªas, es decir, los seis primeros meses. Esta medida busca facilitar la reincorporaci¨®n inmediata de los desempleados al mercado laboral.
Requisitos
Como indican desde el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE), los requisitos para optar al subsidio por desempleo no plantean mucha modificaci¨®n con la aprobaci¨®n de la ¨²ltima reforma. En este contexto, el beneficiario debe estar en situaci¨®n de desempleo e inscrito como demandante de empleo durante el periodo de tiempo que reciba la ayuda.
De esta forma, el cobro estar¨¢ ligado a la suscripci¨®n de un acuerdo de actividad por parte de los afectados, es decir, no deber¨¢n rechazar ninguna oferta de trabajo ni curso de formaci¨®n. Adem¨¢s, el contribuyente no debe haber alcanzado la edad de jubilaci¨®n ni sus ingresos deben superar el 75% del Salario M¨ªnimo Interprofesional (SMI), es decir, 850,50 euros al mes.
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