Qui¨¦nes pueden cobrar la ayuda de 1.000€ de la Seguridad Social: requisitos del pago ¨²nico
La prestaci¨®n econ¨®mica estar¨¢ disponible, con requisitos, para familias numerosas, monoparentales y para aquellos padres y madres con una discapacidad igual o superior al 65%.
Formar una familia es un reto. Con la inflaci¨®n creciendo a un ritmo desmedido y los sueldos estancados en una cifra que a?ora tiempos mejores, la estabilidad econ¨®mica es un para¨ªso ansiado por todos los espa?oles. Y ese oasis financiero, cuantas m¨¢s personas albergue, m¨¢s probabilidad hay de que se convierta en un espejismo del desierto monetario.
Por ello, desde la Seguridad Social se facilita un peque?o empuj¨®n para acercar la tranquilidad a aquellas familias que, por algunas circunstancias, lo tienen m¨¢s complicado. Se trata de una prestaci¨®n econ¨®mica que se abona en un pago ¨²nico y que constituye una ayuda contributiva a la que no todo el mundo tiene acceso.
?Qui¨¦nes pueden acceder a la ayuda?
El requisito principal para convertirse en beneficiario de esta ayuda, a la que se aspira por el nacimiento o adopci¨®n de un hijo, es pertenecer a una familia numerosa, monoparental o existiendo un caso de discapacidad en el padre o madre. Entonces la prestaci¨®n, cuyo fin es sufragar los gastos derivados que genera formar un n¨²cleo familiar, se tornar¨¢ posible. ?nicamente hay que cumplir ciertas condiciones por cada caso:
?C¨®mo se solicita?
Adem¨¢s, para poder solicitar la prestaci¨®n en este tipo de familias, los solicitantes deben atender a ciertos puntos detallados en la web de la Seguridad Social. Principalmente, se resumen en residir de manera legal en territorio espa?ol, no percibir ingresos anuales superiores a los l¨ªmites establecidos en los Presupuestos Generales del Estado.
Entonces se podr¨¢ acceder a la cuant¨ªa. ?sta ser¨¢ ¨ªntegra en los casos en los que los salarios no lleguen al m¨ªnimo (1000 euros); y, si por el contrario, los ingresos son superiores al m¨ªnimo, se restar¨¢ a la cantidad total la diferencia que separa dicho l¨ªmite de lo apercibido por el individuo.
Esta ayuda se puede solicitar a trav¨¦s de la Sede Electr¨®nica. No obstante, si se prefiere, tambi¨¦n se puede acudir de manera presencial a los Centros de Atenci¨®n e Informaci¨®n de la Seguridad Social (CAISS). Para poder acceder a ella debe solicitarse a partir del d¨ªa posterior al nacimiento o adopci¨®n; plazo que se extiende durante cinco a?os. La Seguridad Social actuar¨¢ en un margen de, m¨¢ximo, 45 d¨ªas. Despu¨¦s ya habr¨¢ una resoluci¨®n.