?Qui¨¦nes podr¨¢n deducirse hasta 2.200 euros del IRPF en la declaraci¨®n de la Renta 2023-24?
A la reducci¨®n de 1.200 euros por hijo menor de tres a?os se le suma la posibilidad de a?adir otros 1.000 euros por gastos en guarder¨ªa. Un fallo del Supremo establece que la ley se aplica a cualquier guarder¨ªa espa?ola.
La ley 35/2006 del Impuesto de la Renta sobre las Personas F¨ªsicas (IRPF) establece que las mujeres con hijos menores de 3 a?os puedes beneficiarse de algunas deducciones a la hora de hacer la declaraci¨®n de la renta. Tanto el total a percibir como los condicionantes para recibirlo se han ido ampliando con el paso de los a?os y una nueva Sentencia del Supremo permitir¨¢ que un gran n¨²mero de padres que tengan gastos de guarder¨ªa puedan deducir hasta 1.000 euros de su declaraci¨®n. Aunque esta medida ya exist¨ªa, hasta ahora se limitaba a una serie de centros educativos reconocidos por la Administraci¨®n. A partir de este a?o la medida afectar¨¢ a la pr¨¢ctica totalidad de guarder¨ªas espa?olas.
Hasta 1.200 euros por hijo
La deducci¨®n por maternidad permite a las mujeres con hijos menores de tres a?os descontarse hasta 1.200 euros anuales por hijos. Dependiendo del salario y la situaci¨®n de cada familia, esta cifra puede verse reducida. Para poder aplicar esta rebaja es necesario haber estado de alta en la Seguridad Social en el momento del alumbramiento o en cualquier momento posterior o haber recibido prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protecci¨®n de empleo durante el nacimiento. A este precepto legal se le a?adi¨® la posibilidad de sumar 1.000 euros adicionales al importe original por gastos en guarder¨ªa o centros educativos. Para ello era necesario cumplir una serie de requisitos, siendo el principal de ellos que los responsables del centro infantil presentaran el modelo 233, que declara ante la administraci¨®n su actividad como centro de educaci¨®n infantil.
Medida ineficaz
Una vez la Administraci¨®n autorizaba al centro, Hacienda reconoc¨ªa el derecho a los padres de sus alumnos para aplicar la deducci¨®n. Hacienda justificaba que as¨ª era la ¨²nica manera de tener constancia exacta de cu¨¢ntos contribuyentes tienen hijos menores de 3 a?os en centros infantiles, sin embargo, la mayor¨ªa de guarder¨ªas en Espa?a carecen de esta autorizaci¨®n administrativa, por lo que muchas familias no pod¨ªan recibir el descuento. As¨ª, aunque el prop¨®sito de la ley fuera beneficiar a los padres con hijos menores, su aplicaci¨®n distaba de ser efectiva, ya que Hacienda denegaba continuamente esta deducci¨®n a todos aquellos padres que no llevaran a sus hijos a algunas de las pocas guarder¨ªas reconocidas por el erario p¨²blico.
Fallo del Supremo
La pol¨¦mica acab¨® llegando al Tribunal Supremo tras la denuncia de un progenitor al que se le deneg¨® la deducci¨®n por gastos de guarder¨ªa. El contribuyente arguy¨® que Hacienda estaba imponiendo un requisito para percibir la rebaja que no aparece en la ley del IRPF: ser reconocido por una Administraci¨®n educativa competente. El caso ha sido an¨¢lisis del Supremo, que finalmente estableci¨® que el demandante ten¨ªa raz¨®n y que Hacienda no puede restringir las opciones para disfrutar de la deducci¨®n seg¨²n criterios propios, ya que la ley no condiciona su obtenci¨®n seg¨²n si el centro est¨¢ autorizado o no. Eso s¨ª, que no sea necesario tener una autorizaci¨®n como centro educativo infantil, no significa que cada casa con jard¨ªn ahora pueda declararse guarder¨ªa, si es necesario que la guarder¨ªa tenga un permiso de apertura y funcionamiento.
Tras la rectificaci¨®n judicial se abre la posibilidad de solicitar una devoluci¨®n en las declaraciones de la renta que a¨²n no hayan prescrito y no se haya aplicado la deducci¨®n teniendo derecho a hacerlo. Sin embargo, cada caso cuenta con sus propias particularidades, por lo que lo mejor es consultarlo o bien con la Administraci¨®n o con un profesional.