Los espa?oles que podr¨ªan reclamar el IRPH al banco: el TJUE abre la puerta a la devoluci¨®n de unos 16.000 euros por afectado
El tribunal europeo admite que no puede descartarse mala en las hipotecas referenciadas al IRPH. Jueces podr¨ªan obligar a los bancos a devolver las cantidades cobradas de m¨¢s.
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) sentenci¨® este jueves que no puede descartarse mala fe en las hipotecas referenciadas al IRPH por el mero hecho de que este sea un ¨ªndice oficial y que las cl¨¢usulas en cuesti¨®n pueden ser abusivas si se incumpli¨® el requisito de transparencia.
La corte con sede en Luxemburgo considera que, a la hora de decidir sobre el car¨¢cter abusivo de las cl¨¢usulas, debe compararse adem¨¢s el m¨¦todo de c¨¢lculo del tipo de inter¨¦s, as¨ª como el tipo efectivo resultante con los tipos de inter¨¦s aplicados en el mercado en la fecha en la que se celebr¨® el contrato de pr¨¦stamo a otros cr¨¦ditos de importe y duraci¨®n equivalentes.
Diferencias con el Euribor
En este sentido, el Euribor sigue siendo el indicador referencia para las hipotecas. En el caso de los pr¨¦stamos a tipo variable, se tiene en cuenta su dato para la revisi¨®n de la hipoteca semestral y/o anual. Aun as¨ª, cabe destacar su diferencia con el ?ndice de Referencia de Pr¨¦stamos Hipotecarios (IRPH).
Mientras el Euribor representa la media de los tipos de inter¨¦s utilizados por los grandes bancos de Europa para conceder pr¨¦stamos a terceros, tanto particulares como empresas, propio de la Uni¨®n Europea, el IRPH es el inter¨¦s medio de las hipotecas que conceden los bancos, y representa el ¨ªndice de tipos de inter¨¦s de pr¨¦stamos hipotecarios aplicado en Espa?a y elaborado por el Banco de Espa?a.
Con respecto a su valor, cambia cada mes y se publica en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). Hasta el a?o 2013, exist¨ªan tres modalidades de IRPH (bancos, cajas y entidades), aunque a partir del 1 de noviembre de ese a?o, se suprimieron las dos primeras y se qued¨® la modalidad de IRPH de entidades, que el inter¨¦s medio de las hipotecas concedidas por entidades bancarias y cajas de ahorros.
Qu¨¦ puede pasar a partir de ahora
Aquellas personas que en la escritura de la hipoteca, aparezca redactada la frase ¡°tipo medio de los pr¨¦stamos hipotecarios a m¨¢s de tres a?os para la adquisici¨®n de vivienda libre, concedido por las entidades de cr¨¦dito de Espa?a¡± en el apartado de ¡°inter¨¦s variable¡± en el que se indica el ¨ªndice aplicado la entidad de cr¨¦dito, deber¨¢n abonar el IRPH de la hipoteca.
Ahora, con el fallo del TJUE, los bancos est¨¢n obligados a proporcionar informaci¨®n clara y accesible sobre el funcionamiento del IRPH, incluyendo comparaciones con el Euribor. Si esto no pas¨® en el momento de firmar la hipoteca, los jueces nacionales pueden declarar la cl¨¢usula nula y obligar a los bancos a devolver las cantidades cobradas de m¨¢s durante el tiempo que lleve vigente la hipoteca.
En la actualidad hay casi un mill¨®n de hipotecas con este ¨ªndice. Seg¨²n avanz¨® Reclamador, la cuant¨ªa media de devoluci¨®n que los consumidores exigen a la banca es de uno 16.000 euros, que es lo que hubieran pagado de menos si el cr¨¦dito se hubiera referenciado a Eur¨ªbor. Si los jueces estiman estas devoluciones, estar¨ªamos ante una devoluci¨®n millonaria por parte de los bancos.
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