Los requisitos para sumar cinco a?os cotizados adicionales en la Seguridad Social
Las pr¨¢cticas no remuneradas deber¨¢n haberse producido antes del 1 de enero de 2024 y las remuneradas, con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.
El Ministerio de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado un nuevo convenio mediante el cual ciertos trabajadores pueden acceder a cinco a?os de cotizaci¨®n adicional, siempre y cuando se reunan ciertos requisitos relacionados con la etapa formativa de la trayectoria laboral.
De este modo, el departamento de Elma Saiz trata de recuperar la cotizaci¨®n de aquellos alumnos que, en el pasado, realizaran pr¨¢cticas formativas, pr¨¢cticas acad¨¦micas externas o la participaci¨®n de graduados universitarios. Todos los que est¨¦n interesados deber¨¢n acreditar el periodo de duraci¨®n de los programas de formaci¨®n en los que hubieran participado.
Adem¨¢s, el requisito se circunscribe al periodo en que se realizaron dichas pr¨¢cticas formativas. La condici¨®n para que la Seguridad Social pueda concederte cinco a?os m¨¢s de cotizaci¨®n, en el caso de las pr¨¢cticas no remuneradas, deber¨¢n haberse realizado con anterioridad al 1 de enero de 2024. Mientras, en el caso de las pr¨¢cticas remuneradas, deber¨¢n haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.
Tambi¨¦n se suma que, desde el pasado 1 de enero de este a?o, todos aquellos alumnos que realicen pr¨¢cticas formativas, independientemente de si son remuneradas o no, est¨¢n incluidos en el sistema de la Seguridad Social. La ministra recalc¨® en abril que la medida permit¨ªa ampliar ¡°los derechos de los m¨¢s j¨®venes¡± y reparar ¡°los desequilibrios¡± en el pasado.
La solicitud de suscripci¨®n de este convenio especial se puede presentar entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de diciembre de 2028, a trav¨¦s de los canales indicados en el apartado ¡°Alta, baja o variaci¨®n de datos del convenio especial¡± de la secci¨®n ¡°Tr¨¢mites y Gestiones¡±.
Pr¨¢cticas que entran dentro del convenio
La base mensual de cotizaci¨®n de este convenio especial estar¨¢ constituida por la base m¨ªnima de cotizaci¨®n por contingencias comunes del grupo de cotizaci¨®n 7 del RGSS vigente en cada periodo que sea objeto de c¨®mputo para su suscripci¨®n. Si en un a?o existiese m¨¢s de una base de cotizaci¨®n, se tomar¨¢ la vigente a 31 de diciembre.
Entre las pr¨¢cticas que entran dentro del convenio, destaca la realizaci¨®n de pr¨¢cticas universitarias, de formaci¨®n profesional o de ense?anzas art¨ªsticas o deportivas, la participaci¨®n como becarios en programas formativos no dirigidos a la obtenci¨®n de un t¨ªtulo y la participaci¨®n como doctorandos en programas de formaci¨®n de naturaleza investigadora, tanto en Espa?a como en el extranjero. Todo ello con un m¨¢ximo de 1.825 d¨ªas.
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