Los jubilados que no cobrar¨¢n toda su paga extra de la pensi¨®n en verano
Para poder acceder al total de la extra de verano, debemos de haber estado recibiendo la ayuda desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo.
Ya se ve. Algo lejos, s¨ª, pero se ve. El verano llega. Y con ¨¦l, las sombrillas, las paellas, los guiris con el cuello quemado y la canci¨®n machacona de turno que tocar¨¢ escuchar en bucle (qui¨¦n sabe cu¨¢l tocar¨¢ este a?o). A todo el mundo le gusta disfrutar de esta ¨¦poca. Por el buen tiempo, por el ambiente... es un poco todo. Algo tienen estos meses que la felicidad se dispara -por mantener un enfoque optimista, obviemos lo de tener que sobrevivir a ciento diecisiete grados a la sombra, con aceras que piden a gritos un huevo para fre¨ªr-. Pero, sobre todo, los d¨ªas de estivo son una oportunidad para hacer escapadas y disfrutar de un respiro.
Sobre esto ¨²ltimo, los jubilados y pensionistas son, probablemente los que m¨¢s saben. Es tan depurada su t¨¦cnica para sacarle el jugo a cada excursi¨®n que uno no puede evitar pensar que no se aprende a viajar de verdad hasta que se est¨¢ retirado. Los buses del IMSERSO son una flota que peina cada rinc¨®n de la pen¨ªnsula trayendo paladas de entusiasmo y charangas guatequeras de media tarde -con su Nino Bravo, su Raphael y su todo-. Muchos de estos nuevos j¨®venes tratan, con pericia, de estirar al m¨¢ximo su dotaci¨®n econ¨®mica para poder sacarle todo el jugo al itinerario.
La paga extra de verano es un buen empuj¨®n para poder tener unas vacaciones plenas con algo m¨¢s de tranquilidad financiera. Para la mayor¨ªa de los receptores de pensiones, este ingreso econ¨®mico es igual a un mes adicional. Es decir, se cobra el doble del monto peri¨®dico que llega a la cuenta corriente normalmente. No obstante, los reci¨¦n llegados al sistema de pensiones pueden ver que su paga extra no es tan abultada.
M¨ªnimo de antig¨¹edad
Actualmente, para recibir la paga extra de verano es necesario tener en cuenta el tipo de pensi¨®n que estamos percibiendo y el momento en la que accedemos a la prestaci¨®n. La Seguridad Social se basa en dos periodos de tiempo para establecer la duraci¨®n de los meses necesarios para beneficiarse de esta paga extra.
Es decir, para poder acceder al total de la extra de verano, debemos de haber estado recibiendo la ayuda desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo. Por otro lado, para recibir la extra de navidad, ser¨¢ desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre.
Por eso, para comprender el motivo por el que algunos pensionistas no cobrar¨¢n el total de la paga extra de verano correspondiente al mes de junio, hay que tener en cuenta cuando se solicit¨®. Por tanto, se abonar¨¢ una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre diciembre del a?o anterior y el mes en que se produzca la suspensi¨®n del percibo de la pensi¨®n o la causa de extinci¨®n de esta.
De esta forma, nuestros jubilados y pensionistas podr¨¢n disfrutar de un muy merecido descanso. Y las opciones son incontables. Los hay que preferir¨¢n viajes organizados, con sus visitas guiadas y sus bingos noct¨¢mbulos. Otros, quiz¨¢s, se decantar¨¢n por algo m¨¢s ¨ªntimo y se ir¨¢n de escapada con los nietos -o por su cuenta, si lo que quieren es descansar de verdad-. En cualquier caso, seguro que por todos ser¨¢ bien recibido este suplemento.