Los jubilados que no cobrar¨¢n la totalidad de la paga extra de verano en 2024
A la hora de retirarse del mercado laboral es importante decidir en qu¨¦ mes jubilarse, pues puede definir la cantidad a cobrar e incluso si recibimos paga doble o no.
Por norma general, los jubilados cobran su pensi¨®n en 14 pagas anuales. Es decir, una paga mensual m¨¢s dos extras, la de verano para los posibles gastos vacionales y la que se cobra a finales de noviembre para afrontar los gastos de Navidad. Sin embargo, no todos los pensionistas cobrar¨¢n la totalidad de la paga extra en junio.
Cobrar o no la paga extra de invierno y verano depende, principalmente, del momento en el que el trabajador decida retirarse del mercado laboral y jubilarse. El mes en el que tomamos esa decisi¨®n es muy importante ya que puede definir incluso la cuant¨ªa final que nos corresponde como jubilados.
Cuando una persona se retira y la Seguridad Social lo aprueba, recibe su pensi¨®n en mensualidades naturales vencidas, es decir, que la Seguridad Social paga el primer d¨ªa de cada mes la pensi¨®n correspondiente al mes anterior (lo que se conoce como mes vencido), aunque algunas entidades bancarias adelantan el pago al, 25, 26 o 27 de cada mes.
?Qui¨¦nes no cobran la totalidad de la paga extra?
De estas 14 mensualidades, dos son de car¨¢cter extraordinario. La primera de ella es conocida como ¡°de verano¡± y la segunda ¡°de Navidad¡± y suponen un buen pellizco para afrontar los gastos estivales y relativos a los festivos de final de a?o.
Ahora bien, algunos jubilados no cobran todo el importe de la paga extra. Son aquellos cuya pensi¨®n haya comenzado una vez comience el periodo de devengo. En este caso, la Seguridad Social explica que las pagas extraordinarias se abonan ¡°en raz¨®n de una sexta parte por cada uno de los meses del periodo de devengo¡±.
?Cu¨¢nto se cobra de paga extra y cu¨¢ndo se cobra?
Es decir, los jubilados a partir del 1 de diciembre de 2023 tendr¨¢n derecho a una sexta parte de la paga de verano por cada mes hasta el 31 de mayo de 2024. Y los jubilados a partir del 1 de junio de 2024 tendr¨¢n derecho a una sexta parte de la paga de Navidad por cada mes hasta el 30 de noviembre de 2024.