Los cambios en los contratos de trabajo que entran en vigor a partir del 1 de septiembre
El Ministerio de Trabajo pretende apostar por un empleo estable, por lo que premiar¨¢ los contratos indefinidos y la contrataci¨®n de grupos vulnerables.
La llegada del mes de septiembre es sin¨®nimo de novedades. Las vacaciones de verano se acaban, los estudiantes regresan a sus correspondientes centros y tambi¨¦n entran en vigor ciertos cambios laborales que fueron aprobados a comienzos de este a?o. Un nuevo sistema que incentivar¨¢ a las empresas a realizar contrataciones indefinidas y de colectivos vulnerables.
Unos cambios que entrar¨¢n en vigor a partir de pr¨®ximo d¨ªa 1 de septiembre, independientemente de la formaci¨®n del nuevo Gobierno despu¨¦s de las elecciones de 23 de julio. Aprobado en Consejo de Ministros, este nuevo sistema contar¨¢ con incentivos para la contrataci¨®n, haciendo m¨¢s interesante para las empresas la contrataci¨®n de ciertos perfiles, adem¨¢s de premiar las contrataciones de forma indefinida.
Y es que, con la ¨²ltima reforma, desde el Ministerio de Trabajo se pretende apostar por un empleo estable, junto con la incorporaci¨®n al mercado laboral de personas con un bajo nivel de empleabilidad, como por ejemplo mujeres mayores de 45 a?os o j¨®venes por debajo de los 30. Adem¨¢s de estos rangos de edades, tambi¨¦n se bonificar¨¢ la contrataci¨®n de personas con certificado de exclusi¨®n social, v¨ªctimas del terrorismo, mujeres v¨ªctimas de violencia machista y personas con discapacidad intelectual.
Las prestaciones que desaparecen
La contrataci¨®n de alguno de estos colectivos repercutir¨¢ en las cuentas de las empresas con importantes ahorros. Pero para ello se deben comprometer a firmar un contrato de, al menos, tres a?os de duraci¨®n. Adem¨¢s de estas ayudas, el Real Decreto-ley 1/2023 fija tambi¨¦n una serie de ayudas a la hosteler¨ªa, el comercio y el sector tur¨ªstico por alargar la jornada laboral de aquellos trabajadores que tengan un contrato fijo discontinuo.
De igual forma, otras prestaciones son las que desaparecen: dejan de aplicarse bonificaciones a la contrataci¨®n de familiares de hasta segundo grado (salvo personas con discapacidad), ni por trabajadores que hubieran estado en la misma empresa los 12 meses anteriores con un contrato indefinido, o seis meses con un contrato temporal o formativo.
Adem¨¢s, se deroga tambi¨¦n la bonificaci¨®n total de los contratos a desempleados por la sustituci¨®n de trabajadores por maternidad, acogimiento y adopci¨®n. Hasta la fecha, los contratos de sustituci¨®n por maternidad o paternidad se pod¨ªan bonificar al 100% cuando la empresa contrataba a una persona en su lugar que estuviera desempleada. Ahora, la bonificaci¨®n del 100% desaparece para ser de 336 euros para contratos de duraci¨®n determinada realizados a personas j¨®venes desempleadas, menores de 30 a?os, para sustituir a trabajadores que perciban prestaciones econ¨®micas por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.
Por ¨²ltimo, se penalizar¨¢ a aquellas empresas que opten por contratos a tiempo parcial. En tal caso, la cuant¨ªa de las bonificaciones ser¨¢n reducidas de forma proporcional a la jornada, y no se incentivar¨¢n aquellos contratos parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo (salvo casos de permiso por conciliaci¨®n).