Las empresas que podr¨¢n recibir multas si no tienen un canal de denuncias a partir del 1 de diciembre
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, afecta principalmente a las compa?¨ªas de entre 50 y 249 empleados. En caso de incumplirse, puede conllevar sanciones de hasta un mill¨®n de euros.
13 d¨ªas. O mejor dicho, hasta el 1 de diciembre. Este es el plazo que tienen las compa?¨ªas de entre 50 y 249 empleados para habilitar un canal interno a trav¨¦s del cual los trabajadores puedan denunciar de manera an¨®nima conductas de corrupci¨®n.
De esta forma aparece recogido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protecci¨®n de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupci¨®n, y recogida ya en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
No solo obliga a las empresas
Y es que no solo obliga a las empresas a habilitar estos canales o sistemas internos para que se puedan denunciar malas pr¨¢cticas de manera an¨®nima, sino tambi¨¦n a la Administraci¨®n P¨²blica, a las universidades, a los partidos pol¨ªticos y a las fundaciones con financiaci¨®n p¨²blica.
Por si esto fuera poco, la Ley tambi¨¦n afecta a los canales de denuncia actualmente en funcionamiento en las empresas, independientemente del n¨²mero de empleados. Entre otros aspectos, se establece que el canal de denuncias debe garantizar la prohibici¨®n de represalias hacia el informante, la confidencialidad en todo el procedimiento y la posibilidad de presentar denuncias an¨®nimas.
Sanciones de hasta un mill¨®n de euros en caso de incumplirlo
En cuanto al procedimiento de gesti¨®n de las denuncias, se establecen unos plazos m¨ªnimos para la admisi¨®n a tr¨¢mite y para la resoluci¨®n de las denuncias, evitando as¨ª que las investigaciones se alarguen innecesariamente. Todo ello deber¨¢ estar recogido en una normativa espec¨ªfica interna en la que se regule la gesti¨®n del canal, la adopci¨®n de las decisiones y el tratamiento de los datos personales.
El incumplimiento de la obligaci¨®n de implantar un canal de denuncia, o infracciones que supongan vulneraci¨®n de las garant¨ªas de confidencialidad y anonimato, pueden conllevar sanciones de hasta un mill¨®n de euros. Por tanto, es conveniente revisar los procedimientos de gesti¨®n de las denuncias para verificar los controles y garant¨ªas establecidos.
?Y las empresas privadas?
De cara a las empresas privadas, la ley recoge que podr¨¢n compartir gastos para el desarrollo e implantaci¨®n de estos canales internos de denuncias, aunque cada compa?¨ªa deber¨¢ tener el suyo propio. Algo que ha generado una diversidad de opiniones en redes sociales.
Como novedad, la norma a?ade a trav¨¦s de la disposici¨®n transitoria que las compa?¨ªas tambi¨¦n pueden aprovechar los sistemas internos de comunicaci¨®n y sus correspondientes canales que tengan habilitados a la entrada en vigor de la ley. ¡°Podr¨¢n servir para dar cumplimiento a las previsiones de esta ley, siempre y cuando se ajusten a los requisitos establecidos en la misma¡±, concluye la normativa.