La pensi車n de jubilaci車n que no tiene acceso al &extra* de la Seguridad Social de brecha de g谷nero
La jubilaci車n parcial queda excluida de este extra, que solo se reconocer芍 una vez que se acceda a la jubilaci車n plena cumplida la edad correspondiente.


El complemento para la reducci車n de la brecha de g谷nero fue impulsado por el Ministerio de Seguridad Social como sustituto del anterior complemento por maternidad por aportaci車n demogr芍fica, con el fin de acreditar un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a.
Destinado para las pensiones contributivas, de incapacidad permanente, viudedad o jubilaci車n (anticipada o no), hay una modalidad de pensi車n que queda excluida de este extra. Se trata de la jubilaci車n parcial. De este modo, aquellos trabajadores que se hayan jubilado parcialmente deber芍n esperar a acceder a la jubilaci車n plena, habiendo cumplido la edad correspondiente, para poder acceder a este complemento.
Para poder percibir este complemento, es imprescindible estar adscrito a cualquier r谷gimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensi車n contributiva de jubilaci車n, de incapacidad permanente o de viudedad. A esto, se suma la incompatibilidad entre complementos, como es el caso de los &extra* de maternidad y brecha de g谷nero. Los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil, tal y como se recoge en la Ley General de la Seguridad Social, en su disposici車n transitoria trig谷simo tercera.
Para poder acceder a la jubilaci車n anticipada voluntaria, en 2024, ser芍 de 64 a?os y 6 meses si el periodo de cotizaci車n no alcanza los 38 a?os, o de 63 a?os si dicho periodo es de 38 a?os o m芍s. Adem芍s, es necesario haber cotizado un m赤nimo de 35 a?os, de los cuales dos deben estar comprendidos en los 迆ltimos 15 a?os previos al acceso a la jubilaci車n. Para este a?o, la edad ordinaria de jubilaci車n es de 65 a?os con 38 a?os cotizados, y de 66 a?os y seis meses si no se alcanza ese periodo de cotizaci車n.
Cu芍nto me queda de pensi車n si tengo 25 a?os cotizados
Los trabajadores por cuenta ajena, as赤 como los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, en los t谷rminos del art赤culo 215 de la LGSS, con 60 a?os cumplidos y que re迆nan las dem芍s condiciones exigidas para tener derecho a la pensi車n de jubilaci車n contributiva de la Seguridad Social, podr芍n acceder a la jubilaci車n parcial. Puede ser efectiva sin o con contrato de relevo.
La persona que haya cotizado durante 25 a?os a la Seguridad Social tiene derecho a percibir una pensi車n, aunque no alcance el importe m芍ximo de la cuant赤a de la pensi車n al no llegar a los a?os cotizados que se exigen por ley para poder obtener la cantidad completa, que es de 38 a?os.
El porcentaje de la base reguladora para aquellos que solo hayan cotizado durante 20 a?os de su trayectoria laboral es del 73,78 %, m芍s de un 20 % m芍s que para aquellos que solo cumplen el m赤nimo exigible de 15 a?os cotizados.
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