Hacienda se?ala c¨®mo reclamar si no te han concedido la ayuda de 200 euros
En caso de que el solicitante est¨¦ en desacuerdo con la resoluci¨®n, podr¨¢ interponer un recurso de reposici¨®n, en el plazo de un mes y con car¨¢cter protestativo, o una reclamaci¨®n econ¨®mica administrativa.
La ayuda de 200 euros, una de las principales medidas aprobadas por el Gobierno en el plan anticrisis para paliar los efectos de la guerra de Ucrania, es una ayuda que consiste en un pago ¨²nico de 200 euros. Est¨¢ dirigida para las personas f¨ªsicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 fueran asalariados, aut¨®nomos, o beneficiarios de la prestaci¨®n o subsidio por desempleo.
Destinada a reducir la vulnerabilidad econ¨®mica de un total de 4,2 millones de hogares, cabe recordar que el plazo para solicitar esta ayuda se abri¨® el pasado 15 de febrero y se pudo pedir hasta 31 de marzo a trav¨¦s de la p¨¢gina web de la Sede Electr¨®nica de la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria (AEAT).
Requisitos
Lo ¨²nico que deb¨ªas hacer para que te concedieran esta ayuda era haber percibido ingresos ¨ªntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros. Adem¨¢s de cumplir estos requisitos b¨¢sicos, los beneficiarios deb¨ªan tener la residencia habitual en Espa?a.
Para consultar el estado de la solicitud, debes primero entrar en la web de Sede Electr¨®nica de la AEAT, ir al apartado de ¡®Consulta de solicitudes presentadas¡¯, seleccionar GAS y elegir el ejercicio de 2023. A continuaci¨®n, tienes que hacer clic en buscar y descargar el fichero presentado. Por ¨²ltimo, hay que seleccionar ver y observaciones (alta, aceptada/baja, no concedida).
Plazos
El plazo para ingresar la ayuda es de tres meses a partir de la fecha de finalizaci¨®n del plazo para presentar el formulario. De esta manera, si el ¨²ltimo d¨ªa de plazo para solicitar la ayuda fue el 31 de marzo, el plazo para que sea ingresada ser¨¢ el 30 de junio.
Pese a ello, son muchas las personas que ya tienen ese dinero en su poder, pero otros siguen a la espera. De hecho, la ministra de Hacienda y Funci¨®n P¨²blica, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, anunci¨® a principios de abril que durante el mes pasado ya hab¨ªan recibido 200.000 personas este abono en su cuenta corriente.
Reclamaciones
En caso de que no nos la hayan concedido, tenemos 10 d¨ªas para presentar alegaciones. En caso de que el solicitante est¨¦ en desacuerdo con la resoluci¨®n, podr¨¢ interponer dos cosas. En primer lugar, un recurso de reposici¨®n, en el plazo de un mes y con car¨¢cter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamaci¨®n econ¨®mico-administrativa.
En segundo lugar, una reclamaci¨®n econ¨®mico-administrativa, en el plazo de un mes desde el d¨ªa siguiente al de la notificaci¨®n del acto impugnado o a aquel en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposici¨®n previo. Esta se dirigir¨¢ al ¨®rgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.