Hacienda exige la declaraci¨®n de segundas residencias para evitar multas
En el borrador de la declaraci¨®n de la renta se suele pagar el 2% del valor catastral de la vivienda mencionada.

Todos y cada uno de los bienes de un propietario al hacer la declaraci¨®n de la renta tienen que aparecer en el borrador, no s¨®lo para que est¨¦ organizado, listado y ordenado, sino a la ahora de pagar impuestos y especialmente evitar las multas,
Seg¨²n un experto fiscal de TaxDown, ¡°la segunda vivienda (o tercera, cuarta o quinta) no est¨¢ exenta de declararse del IRPF y, por tanto, hay que reflejarla en la declaraci¨®n. Y ojo con no hacerlo porque Hacienda revisa estos datos para detectar posibles fraudes¡±, afirma Aitor Fern¨¢ndez,
Qu¨¦ pasa si no declaras una segunda residencia
En caso de que la Agencia Tributaria no tenga conocimiento de una segunda vivienda, podr¨ªa un procedimiento y, en caso de que se corrobore la existencia de la misma, se tiene que aportar a la declaraci¨®n, se debe pagar el impuesto que toca y habr¨¢ recargos por la demora, que variar¨¢n dependiendo del retraso.
Los intereses de demora empiezan en el 5% y aumentan seg¨²n pasan los ejercicios a declarar. Si no se soluciona, Hacienda puede iniciar un expediente sancionador, y la multa podr¨ªa alcanzar el 50% de las cantidades que no se hayan abonado.
¡°En funci¨®n de si se utiliza para un uso u otro, se deber¨¢ declarar en nuestra renta de manera diferenciada¡±, explican desde TaxDown, plataforma especializada en asesoramiento y gesti¨®n de la renta, ya sea una segunda residencia habitual, de alquiler.
Si se usa para la vivienda para un uso personal, hay que marcar el uso como vac¨ªa durante todo el a?o y en el apartado de la renta de ¡®Bienes inmuebles no afectos a actividades econ¨®micas¡¯, ¡°la ley exige pagar imputaci¨®n de rentas por la misma¡±.
Para calcular lo que hay que pagar, se debe aplicar el 2% al valor catastral de la vivienda, o el 1,1% para las viviendas cuyo valor catastral haya sido revisado o modificado con posterioridad a los ¨²ltimos 10 a?os. Si la vivienda est¨¢ alquilada durante una parte del a?o, hay que declararla como rendimientos de capital inmobiliario y tributa en este caso en la base imponible general junto a los rendimientos del trabajo.
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