Europa tumba el l¨ªmite m¨¢ximo por despido improcedente en Espa?a
El Comit¨¦ Europeo de Derechos Sociales ha anunciado su decisi¨®n al respecto, tras emitir su fallo con 13 votos a 1, al considerarlo insuficiente.

Varapalo para Espa?a en el marco de la regulaci¨®n nacional sobre el despido. Este lunes, el Comit¨¦ Europeo de Derechos Sociales ha fallado, por un contundente 13 a 1, por la regulaci¨®n espa?ola sobre la indemnizaci¨®n por despido improcedente. En su opini¨®n, el organismo europeo considera que ¡°viola¡± el art¨ªculo 24 de la Carta Social Europea.
Esta resoluci¨®n, que ya fue adelantada hace unos d¨ªas por UGT, se conoce este lunes de forma ¨ªntegra. As¨ª, se establece que la indemnizaci¨®n debe ser disuasoria para que el empresario no incumpla la ley y resarcitoria para el trabajador que es despedido. De acuerdo con el Comit¨¦, se considera irregular al fijar un tope predeterminado que es pr¨¢cticamente insuperable, por lo que deber¨ªa forzar a un cambio en la normativa.
Dicho art¨ªculo de la Carta Social Europea se?ala que los pa¨ªses firmantes deben garantizar que, en caso de despido improcedente, ¡°todos los trabajadores tienen derecho a protecci¨®n¡±, para lo que deber¨¢n poder recurrir a un ¡°¨®rgano imparcial¡±. Seg¨²n el Comit¨¦, la indemnizaci¨®n debe ser ¡°a la vez proporcional al perjuicio sufrido por la v¨ªctima y tener un efecto suficientemente disuasorio sobre la empresa¡±.
En algunos casos puede incitar al despido
En la pr¨¢ctica, los tribunales no pueden acordar una indemnizaci¨®n por encima de la del techo prefijado, por lo que tampoco pueden ajustarse a la situaci¨®n personal de cada trabajador para cubrir los perjuicios reales de este despido improcedente. ¡°En ciertos casos los topes de indemnizaci¨®n predeterminados podr¨ªan incitar a las empresas a proceder a una estimaci¨®n pragm¨¢tica de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un an¨¢lisis de costos-beneficios¡±, se?ala el texto.
Actualmente, en Espa?a el l¨ªmite m¨¢ximo de indemnizaci¨®n en caso de despido improcedente no puede superar los 33 d¨ªas de salario por a?o de trabajo, con un m¨¢ximo de 24 mensualidades. Por otro lado, en caso de tratarse de un despido por causas objetivas o despido colectivo por causas econ¨®micas, organizativas, t¨¦cnicas o productivas, el m¨¢ximo no puede superar los 20 d¨ªas de sueldo por a?o trabajado y un m¨¢ximo de 12 mensualidades.
Si bien desde el Gobierno se defiende que uno de los objetivos de fijar l¨ªmites m¨¢ximos es la de ofrecer una mayor seguridad jur¨ªdica a ambas partes, el organismo europeo asegura que ¡°no puede excluirse que la indemnizaci¨®n predeterminada pueda servir m¨¢s bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta¡±. De hecho, a?ade, esto puede llevar en algunos casos a ¡°fomentar despidos improcedentes¡±.
Desde el Comit¨¦ recalcan que los m¨¢ximos fijados por la ley espa?ola ¡°no son lo suficientemente elevados para reparar el da?o sufrido por la v¨ªctima en todos los casos y para disuadir al empleador. Es posible que no se tenga debidamente en cuenta el perjuicio real sufrido por el trabajador afectado¡±. De este modo, lamentan que el l¨ªmite superior no permita conceder indemnizaciones m¨¢s elevadas ¡°en funci¨®n de la situaci¨®n personal de trabajador¡±.
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