El TS ampl¨ªa qui¨¦n puede cobrar el complemento de maternidad en la pensi¨®n de jubilaci¨®n
La resoluci¨®n del TJUE de diciembre de 2019 sentenci¨® que los hombres jubilados tambi¨¦n pueden percibir ese complemento, y que ser¨ªa ¡°discriminatorio¡± de no ser as¨ª.
La Sala Social del Tribunal Supremo desestim¨® el recurso de casaci¨®n presentado por los dos principales organismos de la Seguridad Social, el INSS y la TSGG, que consideraron prescrita la petici¨®n de un trabajador para cobrar el complemento de maternidad realizada en 2022, despu¨¦s que le fuese reconocida su pensi¨®n de jubilaci¨®n en 2016.
Con esa sentencia, el Alto Tribunal dict¨® que el derecho a percibir el complemento de maternidad y a cobrar su pensi¨®n no prescribe en ning¨²n momento, por lo que pueden solicitarlo cuando deseen. A esta sentencia del TS, se suma la resoluci¨®n del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) de diciembre de 2019, que consider¨® ¡°discriminatorio¡± que los hombres no pudieran percibir este complemento en su pensi¨®n de jubilaci¨®n.
De este modo, los padres, al igual que las madres, pueden ser beneficiarios de este extra. Pese a que la resoluci¨®n se hizo efectiva en 2019, no fue hasta el a?o 2021 cuando se corrigi¨®. Fue en ese a?o cuando se produjo el cambio de nombre, pas¨¢ndose a llamar complemento para la reducci¨®n de la brecha de g¨¦nero, en lugar de complemento por aportaci¨®n demogr¨¢fica que, en sus inicios, solo pod¨ªan percibir las mujeres.
Recurso de un padre de dos hijos en 2020
Numerosos padres reclamaron, tanto en la Seguridad Social, como en los tribunales, el pago de ese complemento. Adem¨¢s, el TJUE determin¨® que aquellos padres que hubieran litigado con anterioridad para reclamar el complemento en su pensi¨®n, ten¨ªan derecho a cobrar tambi¨¦n una indemnizaci¨®n adicional.
Todo lleg¨® por un padre de dos hijos que solicit¨® a la Seguridad Social a finales de 2020 el derecho a percibir el complemento de maternidad para la prestaci¨®n de incapacidad permanente absoluta que percib¨ªa desde 2018, con el consiguiente rechazo de la misma. Pese a que acudi¨® a los tribunales, solamente le fue reconocido a percibir el complemento y no la indemnizaci¨®n adicional por da?os que ped¨ªa.
Ante esta situaci¨®n, el afectado y las autoridades recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) que, a su vez, consult¨® al TJUE. Finalmente, el tribunal superior gallego aplic¨® el criterio del europeo, y accedi¨® a reconocer esa indemnizaci¨®n adicional rechazada previamente.