El l¨ªmite de ingresos para hacer la Renta si eres jubilado y cobras una pensi¨®n de la Seguridad Social
Aquellos que reciban una prestaci¨®n por jubilaci¨®n deben realizar la declaraci¨®n de la Renta, pero existen algunos condicionantes.


La campa?a de la declaraci¨®n de la Renta 2024-25 ya ha comenzado, y desde ahora hasta el 30 de junio de 2025 millones de contribuyentes espa?oles tendr¨¢n que presentar los ingresos que han obtenido a lo largo del a?o. Para evitar sustos y problemas con Hacienda, es importante tener claro qu¨¦ se debe incluir en este tr¨¢mite y qu¨¦ se puede deducir.
Una de las dudas m¨¢s comunes es si los pensionistas tienen que hacer la Renta o si quedan exentos. La respuesta es clara: en Espa?a, las pensiones se consideran rendimientos del trabajo y se contabilizan igual que los sueldos y salarios obtenidos por cuenta ajena. Es decir, aquellos que reciban una prestaci¨®n por jubilaci¨®n deben realizar la declaraci¨®n de la Renta. Eso s¨ª, hay una serie de l¨ªmites y requisitos para ello.
El l¨ªmite de ingresos con el que hay que declarar
La Ley del IRPF establece un m¨ªnimo de ingresos con el que no hace falta declarar por las pensiones por situaciones de jubilaci¨®n, que se consideran como prestaciones pasivas. En la Renta 2024-25, el l¨ªmite es de 22.000 euros brutos al a?o procedentes de un ¨²nico pagador. En otras palabras, todos aquellos jubilados que reciban una pensi¨®n de 22.000 euros o m¨¢s estar¨¢n obligados a presentar la declaraci¨®n de la Renta.
El l¨ªmite es de 15.876 euros si esa cantidad procede de m¨¢s de un pagador y cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuant¨ªa, supera los 2.500 € anuales. En este sentido, se incluyen las pensiones procedentes del extranjero.
Pensiones exentas de hacer la declaraci¨®n de la Renta
El art¨ªculo 7 de la Ley del IRPF establece que, dentro de las pensiones, hay algunas que quedan exentas de tributaci¨®n. Es el caso de las pensiones contributivas de incapacidad permanente en los grados absoluta y de gran invalidez, ya se reconozcan por la Seguridad Social o mutuas de trabajo. Tambi¨¦n est¨¢n exentas aquellas que est¨¦n recogidas en el r¨¦gimen de las Clases Pasivas.
Se suman a esta lista las prestaciones por nacimiento y cuidado de un menor, las derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo, o pensiones en favor de personas con lesiones o mutilaciones a consecuencia de la Guerra Civil.
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