El dinero que cobrar¨¢s de m¨¢s en tu pensi¨®n de viudedad con la paga extra de junio
Existen unos importes m¨ªnimos para la pensi¨®n de viudedad seg¨²n la edad y las cargas familiares del beneficiario: van desde los 1.350,4 euros entre 60 y 64 a?os y los 1.903,6 euros a menores de 60 a?os.

La pensi¨®n de viudedad es una prestaci¨®n econ¨®mica concedida por la Seguridad Social que perciben las personas que hayan tenido un v¨ªnculo matrimonial, o como pareja de hecho, con el fallecido. El objetivo, sin duda alguna, es evitar una posible desprotecci¨®n del beneficiario tras el fallecimiento de la persona que origina la prestaci¨®n, sobre todo si era la que generaba la mayor parte de los ingresos.
Por tanto, la pensi¨®n de viudedad va a ayudar a cubrir las necesidades econ¨®micas que se puedan tener a futuro. La pensi¨®n de viudedad se percibe si existe un v¨ªnculo con el fallecido, que puede ser: matrimonio, pareja de hecho (en el momento de su defunci¨®n) o separaci¨®n, divorcio o, tambi¨¦n, si el matrimonio se declara ¡®nulo¡¯.
Periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n
Para poder cobrar la retribuci¨®n, la persona que fallezca deber¨ªa haber cotizado un m¨ªnimo a la Seguridad Social. Dependiendo de la causa de la muerte, este periodo var¨ªa:
- Si la muerte ha sucedido por enfermedad, es necesario acreditar 500 días cotizados en los cinco años anteriores a la defunción o a la fecha de su jubilación.
- Si el deceso se produce por accidente no será necesario ningún periodo de cotización.
- En el caso de que el difunto no estuviera afiliado a la Seguridad Social en ese momento, se tienen que acreditar al menos 15 años cotizados.
?C¨®mo se calcula la base reguladora del fallecido?
La pensi¨®n de viudedad se calcula en funci¨®n de la base reguladora del fallecido. La base reguladora es el baremo que utiliza la Seguridad Social para calcular las prestaciones (por desempleo, por jubilaci¨®n...) de los trabajadores o, en este caso, de su pareja.
Este baremo se calcula seg¨²n la base de cotizaci¨®n, b¨¢sicamente el salario mensual bruto del fallecido y el periodo de tiempo que haya cotizado. El Instituto Nacional de la Seguridad Social abona esta prestaci¨®n mensualmente, aunque, adem¨¢s, abona dos pagas extraordinarias al a?o que se hacen efectivas con las mensualidades de junio y de noviembre, de cara al verano y a las navidades.
Paga extra
No obstante, si la pensi¨®n de viudedad est¨¢ causada por accidente de trabajo o por enfermedad profesional, las pagas extras est¨¢n prorrateadas dentro de las doce mensualidades ordinarias. De esta manera, durante el mes de junio las personas viudas recibir¨¢n dos mensualidades de la pensi¨®n en sus cuentas.
Mensualidades cuyas cuant¨ªas se revalorizar¨¢n al comienzo de cada a?o, de acuerdo con lo dispuesto en la reforma de pensiones del Ministro de Inclusi¨®n y Seguridad Social, Jos¨¦ Luis Escriv¨¢. Dicha reforma estableci¨® en la Ley 21/2021 que las pensiones se revalorizar¨ªan anualmente conforme al IPC medio.
Pensiones m¨ªnimas de viudedad anuales y mensuales con la paga extra
En 2023, todas las pensiones contributivas (entre ellas la pensi¨®n de viudedad) han subido un 8,5%. Con este incremento, las pensiones m¨ªnimas de viudedad (anuales) para este 2023 quedan as¨ª:
- Con cargas familiares: 12.682,60 euros anuales.
- 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.963,40 euros anuales.
- Entre 60 y 64 años: 10.256,40 euros anuales.
- Menores de 60 años: 8.306,20 euros anuales.
Durante el 2023, el importe m¨¢ximo ser¨¢ de 42.823,34 euros anuales, abonados en 14 pagas. Existen unos importes m¨ªnimos para la pensi¨®n de viudedad seg¨²n la edad y las cargas familiares del beneficiario que, sumados a la paga extra, dar¨¢n como m¨ªnimo este resultado en junio:
- Con cargas familiares: 1.669,8 euros.
- 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 1.443,4 euros.
- Entre 60 y 64 años: 1.350,4 euros.
- Menores de 60 años: 1.903,6 euros.