El cargo que har¨¢ Hacienda a algunos ciudadanos en unos d¨ªas
Si debes pagar a Hacienda, tendr¨¢s que efectuar el pago en la misma fecha que hiciste el tr¨¢mite (al menos, el 60% del total). El segundo pago, es decir, el 40% restante, tiene como fecha l¨ªmite el 6 de noviembre.
La Declaraci¨®n de la Renta es un tr¨¢mite tributario que realizan las personas f¨ªsicas (aut¨®nomos y/o trabajadores) y las empresas para informar a la Administraci¨®n Tributaria sobre sus ingresos y gastos anuales y, en consecuencia, pagar los impuestos correspondientes.
Un papeleo que termina con la devoluci¨®n del dinero en base a tu renta o el pago. En caso de que te salga a devolver, no tendr¨¢s que hacer nada m¨¢s. Es decir, la Agencia Tributaria te har¨¢ el ingreso a la cuenta bancaria que facilitaste, a pesar de que no sea en la misma fecha de su presentaci¨®n.
Dos opciones
Aunque hayas presentado tu autoliquidaci¨®n antes de plazo, la Administraci¨®n podr¨ªa devolver la Renta hasta el 30 de diciembre de 2023. Por ello, es recomendable permanecer atento a los movimientos de tu cuenta bancaria y actualizarla a diario.
En su lugar, si eres t¨² el que debe pagar a Hacienda, tendr¨¢s que efectuar el pago en la misma fecha que hiciste el tr¨¢mite. Al menos, el 60% del total ya debe estar saldada. Ahora bien, aunque la Agencia Tributaria da la opci¨®n de fraccionar el importe, qui¨¦n lo prefiera puede pagarlo de una vez.
Fecha del segundo pago del fraccionamiento
El segundo pago, es decir, el 40% restante, tiene como fecha l¨ªmite el 6 de noviembre. Por tanto, si te encuentras el cargo durante los pr¨®ximos d¨ªas y tomaste la decisi¨®n de dividir el pago, debes tener presente que la Declaraci¨®n de la Renta ya estar¨¢ resuelta y no tendr¨¢s que realizar ninguna gesti¨®n m¨¢s.
En esta situaci¨®n se encuentran muchos contribuyentes, a los cuales los pagos fraccionados les han facilitado la vida. Sin duda alguna, suponen una gran alternativa para poder asumir este gasto en el hogar sin necesidad de inestabilizar su econom¨ªa y que repercuta directamente en la calidad de su rutina.
Domiciliaci¨®n
En este sentido, adem¨¢s, cabe destacar que los contribuyentes cuentan con la opci¨®n de domiciliar tanto el primero como el segundo plazo. De esta manera, hasta el 6 de noviembre Hacienda puede hacer el cargo en tu cuenta.
Por tanto, si solo domiciliaste el primer pago, el ingreso del segundo plazo deber¨¢ efectuarse por v¨ªa electr¨®nica o directamente en cualquier oficina situada en Espa?a (bancos, cajas de ahorro o cooperativas de cr¨¦dito) hasta el d¨ªa 7 de noviembre de 2022, inclusive, mediante el modelo 102.