El cambio que llegar¨¢ para los subsidios por desempleo del SEPE el 1 de junio de 2024
La reforma entrar¨¢ en vigor el 1 de junio de 2024 y busca beneficiar a las personas que se encuentran en dicha situaci¨®n.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a petici¨®n del Ministerio de Trabajo y Econom¨ªa Social, el Real Decreto-Ley de simplificaci¨®n y mejora del nivel asistencial de la protecci¨®n por desempleo en el marco de la Reforma 10, del Componente 23: nuevas pol¨ªticas p¨²blicas para un mercado de trabajo din¨¢mico, resiliente e inclusivo. De esta forma, se reducen a dos los supuestos de acceso general: el subsidio por agotamiento y por cotizaciones insuficientes. Conserv¨¢ndose, adem¨¢s, el subsidio de mayores de 52 a?os.
Tambi¨¦n se van a unificar los requisitos de acceso a la Renta Agraria y al subsidio de trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario, sobre el c¨®mputo rec¨ªproco de cotizaciones del PROFEA (Plan de Fomento del Empleo Agrario), lo que facilitar¨¢ los requisitos de acceso y la gesti¨®n de estos subsidios espec¨ªficos. De forma pasajera, se mantendr¨¢n los derechos reconocidos con la normativa anterior hasta su cese. Por ¨²ltimo, la norma tambi¨¦n prev¨¦ facilitar la transici¨®n hacia la protecci¨®n social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral.
Objetivos del cambio
Este cambio en los subsidios de desempleo, tiene bastantes objetivos de cara a beneficiar a los que se encuentren en dicha situaci¨®n. Uno de los objetivos es mejorar la protecci¨®n de aquellos a los que se les agote el subsidio, ampliando el acceso al subsidio de agotamiento de la prestaci¨®n por desempleo y permitiendo el acceso a los menores de 45 a?os sin responsabilidades familiares. En caso de s¨ª tener responsabilidades familiares, se unifica la duraci¨®n de este subsidio con independencia de la edad en el momento de agotar la prestaci¨®n.
Asimismo, se incrementa la accesibilidad, ya que se suprime el mes de espera despu¨¦s del agotamiento de la prestaci¨®n contributiva para presentar la solicitud de subsidio por agotamiento y se ampl¨ªa el plazo de solicitud a seis meses: la b¨²squeda de empleo no choca con la necesidad de solicitar el subsidio en plazos perentorios.
Adem¨¢s, la percepci¨®n del nivel asistencial de desempleo se extender¨¢ hasta un lapso de 30 meses, dependiendo de la edad, las circunstancias familiares y la duraci¨®n de la prestaci¨®n agotada. La cuant¨ªa, vinculada al IPREM, ser¨¢ del 95% (570 euros mensuales) los 6 primeros meses; 90% los seis meses siguientes y el 80% el resto del per¨ªodo. Ser¨¢ aplicable a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores. Se mantiene el subsidio para mayores de 52 a?os en su cuant¨ªa del 80% IPREM.
Por ¨²ltimo, la reforma entrar¨¢ en vigor el 1 de junio de 2024, de tal forma que los derechos reconocidos antes de esta fecha se mantienen con la normativa anterior hasta su extinci¨®n.