El cambio con la facturaci¨®n de las empresas y aut¨®nomos a partir del 1 de enero de 2025
La utilizaci¨®n de herramientas como Excel, Word o PDF deja de estar permitido, en su lugar se ha de emitir facturas de forma electr¨®nica.
La utilizaci¨®n de herramientas como Excel o Word para la elaboraci¨®n de facturas de pymes y aut¨®nomos podr¨ªa llegar pronto a su fin. La Ley 18/2022 de 28 de septiembre (Ley Crea y Crece) establece que solo se permitir¨¢ el uso de sistemas de facturaci¨®n electr¨®nica homologados.
La Ley Crea y Crece, vigente desde hace dos a?os, se enmarca dentro del plan de digitalizaci¨®n empresarial, alineado con el plan europeo conocido como VAT in the Digital Agesit (ViDA). El objetivo principal es evitar la morosidad en el sector p¨²blico, as¨ª como las operaciones comerciales entre empresas.
La factura electr¨®nica obligatoria para grandes empresas
Desde julio del presente a?o, es obligatorio presentar las facturas electr¨®nicamente para empresas que facturen m¨¢s de ocho millones de euros al a?o. En el caso de las pymes y empresas que facturen menos de ocho millones, la obligatoriedad de la factura de forma electr¨®nica ser¨¢ a partir del pr¨®ximo a?o.
El Gobierno est¨¢ preparando una gu¨ªa para que los afectados puedan adaptarse a esta nueva normativa, pues se requiere de un programa homologado o puede hacerse a trav¨¦s de una plataforma de facturaci¨®n p¨²blica. Las facturas en Excel, Word, PDF o papel no estar¨¢n permitidas, si bien se excluyen las facturas entregadas a particulares, por el momento.
Multas desde 150 euros al 75% del importe de la factura
Con el fin de evitar la falsificaci¨®n de las facturas, se aceptar¨¢n formatos como XML CII (CEFACT de la ONU), UBL (Universal Business Language), EDIFACT (norma ISO 9735) o Facturae, de la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria (AEAT), ya que su modificaci¨®n es m¨¢s compleja y permite rastrear las facturas. Aunque este sistema lleva dos a?os en vigor, todav¨ªa existe cierta incertidumbre al no haber una regulaci¨®n t¨¦cnica firme al respecto.
A pesar de la inexistencia de esta normativa, ya existe una serie de sanciones para quien no cumpla esto. Las multas van de 150 euros por cada documento no emitido correctamente al cobro de un 75% del importe de la factura, si se comprueba que los datos son falsos. Las empresas que no se adapten podr¨¢n afrontar multas de hasta 10.000 euros.
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