El Banco de Espa?a aclara cu¨¢nto dinero rescatar¨¢s en caso de quebrar tu banco
En caso de quiebra de una entidad, quedar¨¢n garantizados los fondos depositados hasta 100.000 euros por cada titular y cada entidad.


La bancarrota declarada por el Silicon Valley Bank y la situaci¨®n de desplome sufrido por el Credit Suisse en los ¨²ltimos meses ha provocado que las dudas de los clientes de los bancos se hayan incrementado. De hecho, muchos ahorradores se han preguntado qu¨¦ es lo que suceder¨ªa si su banco quebrase.
A esta cuesti¨®n ha querido responder el Banco de Espa?a con una publicaci¨®n en su blog, en la que ha informado que la clave est¨¢ en saber si la entidad bancaria est¨¢ protegida realmente por el Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos (FGD), algo que muchos desconocen.
Particularidades
Este fondo, en Espa?a, tiene como objetivo garantizar los dep¨®sitos en dinero, valores u otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de cr¨¦dito. Con ello, proporcionan mayor seguridad, protecci¨®n y tranquilidad, y contribuyen a la estabilidad del sistema financiero en su conjunto.
Su creaci¨®n, recogida en el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, decreta su personalidad jur¨ªdica propia y obliga a todas las entidades de cr¨¦dito a formar parte de ¨¦l, a excepci¨®n de los establecimientos financieros de cr¨¦dito y el Instituto de Cr¨¦dito Oficial.
Aspectos a tener en cuenta
¡°Un elemento importante a la hora de decidir en qu¨¦ dep¨®sitos guardamos nuestros ahorros es conocer cu¨¢les de ellos est¨¢n protegidos por el FGD, ya que algunos tipos de dep¨®sitos no cuentan con esta garant¨ªa¡±, ha recogido esta entidad de derecho p¨²blico.
En el texto legal, adem¨¢s, se detalla que las entidades adheridas al FGD han de realizar aportaciones anuales obligatorias ¡°cuyo importe ser¨¢ de hasta un m¨¢ximo del 2 por mil de los dep¨®sitos a los que se extiende su garant¨ªa, en funci¨®n de la tipolog¨ªa de las entidades de cr¨¦dito¡±.
Por si esto fuera poco, y solo en el caso de que el patrimonio no comprometido del FGD tuviese n¨²meros negativos, se podr¨¢n decretar el pago de derramas por parte de los miembros cuando as¨ª lo estime oportuno la Comisi¨®n Gestora del Fondo.
100.000 euros, el l¨ªmite
Teniendo en cuenta todo esto, el importe garantizado de los dep¨®sitos tendr¨¢ como l¨ªmite la cuant¨ªa de 100.000 euros o, en el caso de dep¨®sitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondiente, de acuerdo a los t¨¦rminos previstos reglamentariamente.
Es decir, el dinero que se garantiza a los inversores ¡°que hayan confiado a la entidad de cr¨¦dito valores o instrumentos financieros ser¨¢ independiente¡± del dinero existente en las cuentas bancarias, aunque en todo caso ¡°alcanzar¨¢ como m¨¢ximo la cuant¨ªa de 100.000 euros¡±.
Sin embargo, no est¨¢n cubiertos por el FGD, entre otros:
- Los depósitos estructurados, en los que puede ocurrir que no recibas todo el importe depositado por estar sujetos a la variación de cualquier tipo de variable financiera, como, por ejemplo, índices bursátiles.
- Los planes de pensiones (que tienen su propia regulación).
- Los fondos de inversión (que también tienen una normativa propia).
- Los criptoactivos.
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