?Cotiza una baja laboral para la pensi¨®n de jubilaci¨®n y qu¨¦ pasa con la incapacidad permanente?
Por norma general, no se deja de cotizar a la Seguridad Social durante una baja. En caso de incapacidad permanente, se corta dicha cotizaci¨®n e inicia otra prestaci¨®n diferente.
Despu¨¦s de a?os y d¨¦cadas de trabajo, la jubilaci¨®n se abre como un horizonte de descanso. Sin embargo, la entrada a este para¨ªso est¨¢ condicionada por una serie de variables que conviene conocer durante la etapa laboral y que afectan, entre otras, a la cuant¨ªa. Si bien esta se obtiene aplicando el porcentaje de los a?os cotizados a la base reguladora, el peso de las circunstancias personales es muy alto y determina el resultado final.
A d¨ªa de hoy, la edad legal de jubilaci¨®n es de 66 a?os y cuatro meses siempre que se haya cotizado durante al menos 37 a?os y nueve meses. Aqu¨ª tambi¨¦n caben excepciones. No obstante, no es en la edad sino en otro campo donde surgen m¨¢s preguntas: en las bajas.
El asunto de las bajas laborales
Por norma general, no se deja de cotizar a la Seguridad Social durante una baja. Es m¨¢s, durante un periodo de incapacidad temporal la empresa contin¨²a cotizando por ti. Siempre, claro est¨¢, que exista un contrato vigente. Esto se debe a que la obligaci¨®n de cotizar subsiste de acuerdo con la normativa legal, est¨¦ o no trabajando el individuo, cumpliendo con sus obligaciones laborales.
Adem¨¢s, todos los casos en los que se cotice se tendr¨¢n en cuenta para calcular la pensi¨®n de jubilaci¨®n. Y esto ocurre independientemente de si corresponden a un periodo de baja o, por el contrario, se est¨¦ trabajando. Seg¨²n la normativa, las situaciones que computan a la cifra total de la pensi¨®n son:
?Qu¨¦ ocurre con la incapacidad permanente?
Estas situaciones amparan las incapacidades temporales. Claro que, si agotado el tiempo que cubre la baja el trabajador todav¨ªa no se encuentra en disposici¨®n de incorporarse al puesto, la cosa cambia. Entonces se declara la situaci¨®n de incapacidad permanente. Y esto se traduce en que la cotizaci¨®n se frena, pasando el afectado a recibir una prestaci¨®n del 75% de la base reguladora de la pensi¨®n de jubilaci¨®n.
Al cortarse la cotizaci¨®n, la Seguridad Social establece una serie de normas que buscan paliar los efectos de este afluente econ¨®mico y que est¨¢n, adem¨¢s, fuera del alcance de los aut¨®nomos, trabajadoras del hogar o del r¨¦gimen agrario. Son dos.