Buenas noticias para los pensionistas: este es el cambio de ¨²ltima hora de Hacienda en la Renta que beneficia a miles de jubilados mutualistas
Los jubilados mutualistas se hab¨ªan visto afectados por el cambio de Hacienda en el procedimiento de devoluci¨®n de dinero. Finalmente se devolver¨¢ en un solo pago.


Los trabajadores de sectores como la banca, las el¨¦ctricas, el comercio, la metalurgia, la construcci¨®n, los astilleros y la pesca, afiliados a las antiguas mutualidades entre los a?os 1967 y 1978 y que aportaron mayor cantidad de la debida a estas en ese periodo, pudieron reclamar el dinero a Hacienda tras la sentencia del Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal dict¨® sentencia en 2023, amparando que se produjesen la devoluci¨®n del dinero cotizado de m¨¢s por parte de esos empleados. Una sentencia que dej¨® fuera a aquellos que no sean mutualistas de los a?os posteriores a 1978, as¨ª como a los pertenecientes a un r¨¦gimen laboral de clases pasivas y los beneficiarios de pensiones de viudedad y no contributivas. Fue en 2024 cuando la Agencia Tributaria comenz¨® a devolver ese dinero a este colectivo.
El cambio de criterio de Hacienda
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, anunci¨® este jueves una modificaci¨®n normativa para que estos mutualistas jubilados con derecho a la devoluci¨®n del IRPF puedan recibir ¡°de una vez y en un solo pago¡± el dinero que les corresponda. ¡°Tras escuchar a los colectivos, a los sindicatos, a los grupos pol¨ªticos, les puedo anunciar que vamos a impulsar un cambio normativo para acelerar al m¨¢ximo estas devoluciones¡±, explic¨® la titular de Hacienda.
El objetivo es que los contribuyentes con derecho a reclamar esta devoluci¨®n la reciban de una vez y en un solo pago este a?o 2025, en lugar de solicitar el importe a lo largo de cuatro a?os -entre 2025 y 2028.
El inicio del conflicto
De cara a esta campa?a 2024-25, los jubilados mutualistas iban a poder solicitar la devoluci¨®n correspondiente al IRPF de 2019, mientras que en los tres pr¨®ximos a?os, podr¨¢n hacer lo propio. Es decir, en 2026, se podr¨¢ solicitar la devoluci¨®n del IRPF del 2020, en el 2027 la del 2021 y en el 2028, la del 2022. Este a?o, el plazo para solicitar la devoluci¨®n del 2019 y de los ejercicios anteriores no prescritos, ser¨¢ entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025, periodo para presentar la Declaraci¨®n de la Renta. Ahora ya todo cambia y ser¨¢ el plazo para solicitar la devoluci¨®n total del importe.
Mediante la Disposici¨®n Final 16? de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se fij¨® un nuevo sistema para el tr¨¢mite de las solicitudes de devoluci¨®n de IRPF 2019 a 2022, y de los a?os anteriores no prescritos. A partir de ahora, los jubilados mutualistas deber¨¢n solicitar la devoluci¨®n cada a?o hasta 2028, en lugar de realizar la petici¨®n de devoluci¨®n en un ¨²nico procedimiento.
Fue a finales de 2024 cuando quedaron sin efecto las solicitudes de devoluci¨®n de IRPF cuya devoluci¨®n no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, independientemente de la v¨ªa que fue utilizada para presentar la solicitud, fuese esta por rectificaci¨®n de autoliquidaci¨®n o devoluci¨®n, o mediante formulario.
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