Aviso del Banco de Espa?a a los que tienen domiciliada la luz
Desde el organismo recuerdan que, en caso de devolver un recibo, se debe explicar el motivo de la devoluci¨®n. De lo contrario, nos pueden cortar el servicio al pensar que desistimos.


Una pr¨¢ctica com¨²n a pr¨¢cticamente toda la poblaci¨®n espa?ola es la de domiciliar los diferentes recibos asociados a la vivienda, como la luz, el gas natural o el agua. Y es que, seg¨²n el Banco de Espa?a, ¡°en estos tiempos, no debe quedar casi nadie que siga pagando los servicios b¨¢sicos desplaz¨¢ndose a la oficina de la empresa¡±. Un hecho que es cada vez m¨¢s com¨²n, ya sea por comodidad o por ¡®obligaci¨®n¡¯, al buscar bonificaciones a la hora de conseguir un mejor tipo de inter¨¦s en la hipoteca.
Para el disfrute de este servicio, es el cliente el que debe firmar autorizaci¨®n para el cargo en la cuenta por parte de la compa?¨ªa suministradora. Pero puede ocurrir que, en algunos casos, no estemos de acuerdo con la cantidad que aparece en nuestra factura y decidimos devolver el recibo, pese a tener una orden de domiciliaci¨®n en vigor.
Una opci¨®n a la que, como recuerda el Banco de Espa?a, los usuarios tienen derecho de acuerdo con la normativa. Una devoluci¨®n que puede hacerse en un plazo m¨¢ximo de ocho semanas (si el cargo estaba autorizado) y de trece meses (si no lo estaba). En caso de un recibo no autorizado, el banco tiene 10 d¨ªas h¨¢biles para devolver el importe cobrado.
Riesgo de perder el suministro
Pero este hecho, adem¨¢s, debe ser correctamente explicado, pues puede tener sus consecuencias y nuestra entidad nos puede preguntar el motivo de la devoluci¨®n. De no haber una explicaci¨®n clara, nos pueden cortar el suministro al pensar que se renuncia a sus servicios.
Para pedir la devoluci¨®n de un recibo, siempre que est¨¦ autorizado con anterioridad, se deben cumplir dos requisitos. El primero de ellos es que el usuario no tenga informaci¨®n del cargo que se le ha realizado. Y la segunda de las condiciones es que, despu¨¦s de varios pagos de una cantidad que sea superior a lo habitual, no se disponga de un recibo.
¡°Si la devoluci¨®n se produce porque nos giran un recibo por error o porque necesitamos liquidez urgente en ese momento, si no explicitamos la causa corremos el riesgo de que la empresa suministradora crea que anulamos el servicio¡±, explican desde el Banco de Espa?a. En caso de estos cargos sean por parte de administraciones p¨²blicas como la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, la devoluci¨®n puede repercutir de forma negativa, generando recargos, p¨¦rdidas de subvenciones o bonificaciones en posteriores recibos.
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