As¨ª paga Hacienda la devoluci¨®n de hasta 4.000 euros del IRPF: las dos v¨ªas que tienen los jubilados para cobrarla
Los trabajadores que aportaron dinero a antiguas mutualidades recibir¨¢n la devoluci¨®n o bien mediante transferencia bancaria (2019-22) o como ajuste en la Renta de 2023.
La Agencia Tributaria habilit¨® desde el pasado mi¨¦rcoles 20 de marzo un formulario que canalizar¨¢ todas las solicitudes de devoluci¨®n de dinero realizadas por aquellos pensionistas que aportaron dinero a las antiguas mutualidades.
El importe de las devoluciones fiscales puede llegar a ser, en el mejor de los escenarios para estos antiguos empleados, de 4.000 euros. Con ello, se pretende compensar a los trabajadores que estuvieron integrados en el sistema del mutualismo laboral hasta 1978, que ver¨¢n devuelto lo pagado de m¨¢s en el IRPF de los a?os 2019 a 2023.
Con la presentaci¨®n de ese documento, se da autorizaci¨®n al fisco con el fin de que el organismo p¨²blico presente las autoliquidaciones de los periodos correspondientes. La Seguridad Social ya ha enviado a la AEAT la informaci¨®n necesaria, incluida la vida laboral de los solicitantes. Tampoco ser¨¢ necesario ning¨²n tipo de certificado o informe, ni siquiera la vida laboral.
Transferencia bancaria o ajuste en la Renta
Sin embargo, el procedimiento de devoluci¨®n no ser¨¢ el mismo, ya que hay dos v¨ªas para ello. Por un lado, el pago por los ejercicios fiscales entre los a?os 2019 y 2022, siempre que la solicitud diese un resultado favorable (a devolver), ser¨¢ la Agencia Tributaria la que realice un ingreso por transferencia en la cuenta bancaria del afectado.
En el caso del a?o 2023, la devoluci¨®n figurar¨¢ en los datos fiscales de la declaraci¨®n con el concepto ¡®Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF¡¯. Es decir, este se aplicar¨¢ de forma autom¨¢tica. Las devoluciones llegan despu¨¦s que el Tribunal Supremo, con su sentencia 255/2023, mediante Recurso de Casaci¨®n 5335/2021, del 28 de febrero, solicitase a Hacienda la devoluci¨®n a todos esos pensionistas de todo lo tributado de m¨¢s por sus pensiones, con el objetivo de impedir la doble imposici¨®n.
Todas estas personas aportaron un 25% m¨¢s de lo que les correspond¨ªan, tal y como determin¨® el TS en la sentencia mencionada anteriormente. Asimismo, los contribuyentes que cotizaran a una mutualidad laboral antes de 1978 tienen derecho a la devoluci¨®n de la parte proporcional de la vida laboral en la que se realizaron esas cotizaciones.
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