?Cu¨¢ndo termina el plazo de pago voluntario para pagar el IBI en Madrid?
El impuesto sobre bienes e inmuebles comenz¨® en octubre y finalizar¨¢ el 30 noviembre en la Comunidad de Madrid.
El IBI (impuesto de bienes inmuebles) tiene fijada su fecha m¨¢xima de plazo de pago voluntario: mi¨¦rcoles 30 de noviembre de 2022. El comienzo de la misma empez¨® el pasado 1 de octubre del mismo a?o, acorde con la ¨²ltima revisi¨®n en vigor del registro de administraci¨®n dependiente del Estado de hace 10 a?os, datado en el a?o 2012.
El IBI a pagar se cuantifica en la Comunidad de Madrid sobre la tipolog¨ªa de naturaleza del inmueble. Es decir, todos los propietarios de los inmuebles urbanos en Madrid deber¨¢n calcular el valor de su inmueble y pagar la cantidad correspondiente al 0,456% establecido. Sin embargo, en bienes de naturaleza r¨²stica la cantidad a pagar est¨¢ sobre el 0,567%. Por ¨²ltimo, en bienes inmuebles de caracter¨ªsticas especiales es el porcentaje m¨¢s alto, elev¨¢ndose hasta el 1,141%.
Atenci¨®n en los cambios de propiedad
Seg¨²n obliga la ley, los cambios que se produzcan tanto en la titularidad del inmueble como modificaciones en el mismo, deben reflejarse en el catastro. En principio, cuando se adquiere un inmueble y se inscribe en el Registro de la Propiedad, no es necesario comunicarlo al catastro.
Sin embargo, hay que hacer especial hincapi¨¦ en asegurarse que el inmueble est¨¦ libre de deudas anteriores, adem¨¢s de pactar con la parte vendedora el porcentaje a pagar de IBI ese mismo a?o en funci¨®n del n¨²mero de d¨ªas que cada uno ha sido propietario del inmueble acorde a la Ley de Haciendas Locales, legislaci¨®n que regula el IBI.
Estas son las bonificaciones del IBI
As¨ª mismo, el IBI puede reducirse en ciertos casos. A estas reducciones se las conoce como bonificaciones y existen de dos tipos: obligatorias; que dependen de las circunstancias de los ayuntamientos de cada municipio. Oscilan desde el 50% al 90% de la cantidad total de IBI a pagar, y se benefician de ellas tanto inmuebles de protecci¨®n oficial como viviendas r¨²sticas de cooperativas agrarias o bienes inmuebles de explotaci¨®n comunitaria.
Tambi¨¦n existen las bonificaciones potestativas, en las que cada ayuntamiento puede aplicar libremente en caso de que lo considere necesario. Sus tipos var¨ªan dependiendo de la cantidad de IBI a pagar. Existen desde la cantidad equivalente a la diferencia de IBI positiva, el 50% de instalaciones de aprovechamiento t¨¦rmico o solar, el 90% en asentamientos de poblaci¨®n singular dedicadas a actividades primarias, familias numerosas o bienes inmuebles de caracter¨ªsticas especiales y el 95% de inmuebles de ense?anzas universitarias o centros p¨²blicos de investigaci¨®n.