?Cu¨¢ndo se hereda entre primos y cu¨¢nto se paga de impuestos en cada comunidad?
Los primos se encuentran en el grupo n¨²mero IV de parentesco, el grupo que m¨¢s cantidad debe pagar en los casos de impuestos por sucesi¨®n.

El impuesto de Sucesiones y Donaciones es uno de los que m¨¢s pol¨¦mica genera. Este consiste en un desembolso previo que deber¨¢n hacer los herederos de una persona para poder proceder al cobro de una herencia. Este, sin embargo, var¨ªa en funci¨®n del grado de proximidad familiar que une a la persona fallecida y al futuro heredero, de acuerdo a los par¨¢metros por los que se gu¨ªa la Agencia Tributaria.
Estos son los grupos de parentesco establecidos:
- Grupo I: descendientes y/o personas adoptadas por el fallecido menores de 21 años.
- Grupo II: descendientes y/o adoptados por la persona fallecida de 21 años o más. También entran dentro de este grupo las parejas de hecho, los cónyuges, los ascendientes y los adoptantes.
- Grupo III: los familiares colaterales de segundo grado —los hermanos— y los de tercer grado —sobrinos y tíos—, además de los ascendientes y descendientes por afinidad.
- Grupo IV: los familiares de cuarto grado —los primos— y los de otros grados.
M¨¢s all¨¢ de la divisi¨®n en estos grupos, cada comunidad tiene la potestad de decidir cu¨¢nto cobrar en impuestos a cada grupo por la herencia. Adem¨¢s, este impuesto variar¨¢ en funci¨®n de la cantidad heredada.
Impuesto por comunidades
En el caso del grupo IV, son las herencias m¨¢s caras, dado que no se aplica ning¨²n tipo de reducci¨®n del impuesto. En Andaluc¨ªa, este impuesto va desde un 16, 5% a herencias de 100.000 euros al 29% en aquellos casos que el total a heredar sea de 500.000 euros.
En la comunidad de Arag¨®n, los sucesores que aspiren a un patrimonio por valor de 100.000 euros, deber¨¢n al estado un total de 15.871 euros. Mientras que si este vale 500.000, el valor del impuesto de sucesi¨®n ser¨¢ de unos 168.8000 euros. En Asturias, el impuesto de sucesi¨®n para herencias de 100.00 euros es de un 24,8%, pero para herencias de 500.000 euros, este asciende hasta un 44,8%. Y en el archipi¨¦lago balear, este impuesto es del 20% y del 37,5% en cada uno de los casos.
Sin embargo, Canarias, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Galicia, Murcia y las dos Castillas presentan las mismas cifras. Para las herencias por valor de 100.000 euros el impuesto se corresponde con el 24,8% del total, si el valor de este patrimonio asciende a 500.000 euros, el impuesto asciende al 44,3%.
Estos porcentajes en Catalu?a son del 18% y del 32%, respectivamente, mientras que en Madrid ascienden al 25,7% y al 46%. Por su parte, la comunidad navarra es la que refleja el dato m¨¢s bajo hasta, con un impuesto del 17% para herencias de 100.000 euros y casi del 28% para las de 500.000 euros. S¨®lo por debajo de esta, est¨¢n los datos de las regiones vascas, que oscilan entre el 14,5% y el 22,5% en cada caso. Y, finalmente, en la Comunidad Valenciana, este impuesto es de en torno al 17% en herencias de 100.000 euros y del 44% en los casos en los que esta tiene un valor de 500.000 euros. Seg¨²n recoge la p¨¢gina web de Javier Sevillano.