Cómo obtener la nacionalidad espa?ola: requisitos, tasas, fases del trámite y cuánto tarda
El proceso para poder obtener el pasaporte espa?ol es complejo y requiere de una serie de condiciones específicas para tener aprobada la solicitud.

Espa?a es un país al que acuden ciudadanos de todos los rincones del mundo. El territorio espa?ol cuenta con una gran presencia de personas de todas las nacionalidades, y muchas de ellas, después de un tiempo en la Península y tras echar raíces, buscan nacionalizarse.

Este es uno de los elementos más buscados: la nacionalidad espa?ola. Siempre está de actualidad, pero pocos conocen el funcionamiento y lo que exige el Estado para que una persona extranjera pueda hacerse con un pasaporte de nuestro país. Es por ello por lo que merece la pena repasar cuáles son los requisitos, tasas y lo que se debe hacer para conseguir este documento.
Modos de obtener la nacionalidad espa?ola
- Nacionalidad por Residencia.
- Nacionalidad por Carta de Naturaleza.
- Nacionalidad para espa?oles de Origen.
- Nacionalidad por posesión de Estado.
- Nacionalidad por Opción.
Cómo obtener la nacionalidad espa?ola: requisitos, tasas, fases del trámite y cuánto tarda
Cuáles son los requisitos para conseguir la nacionalidad espa?ola
Según el Ministerio de Justicia, la nacionalidad es “el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes”.
Para poder conseguir la nacionalidad, hay que cumplir con una serie de requisitos, y son los siguientes:
- Cumplir con los plazos de residencia legal que se exigen. En este caso, hay que llevar viviendo en Espa?a 10 a?os para poder solicitar la nacionalidad, de forma legal y continuada, y de forma anterior a la solicitud que se va a hacer. A pesar de esto, si se ha obtenido la condición de refugiado, se puede acortar de forma significativa este plazo, ya que, en este supuesto, se puede obtener pasados los 5 a?os de residencia en nuestro país.
- Hacer los exámenes para obtener la nacionalidad.
- No tener antecedentes penales.
- Tener documentación en vigor.
- No permanecer demasiado tiempo fuera de Espa?a mientras se tramita la nacionalidad.
?Cuáles son las tasas para poder conseguir la nacionalidad espa?ola?
Otra de las preguntas más repetidas en cuanto a este trámite se refiere. Las tasas es un punto imprescindible para poder obtener la nacionalidad, ya que se debe abonar una cantidad de dinero concreta para poder llevar a cabo este proceso.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, el precio es de 104′05 euros, y se debe hacer con “carácter previo” al envío de la solicitud.
Las fases del trámite para poder conseguir la nacionalidad espa?ola
Otro elemento muy a tener en cuenta. En este proceso, hay diferentes situaciones por las que pasa la solicitud de nacionalidad, y es un momento complejo, ya que se analiza al solicitante, no solo a los documentos enviados.
En este caso, las fases del trámite son las siguientes:
- A la espera de ser admitido a trámite.
- Abierto-Registrado y en tramitación.
- Pendiente de solicitud de los informes preceptivos.
- Pendiente de respuesta de los informes preceptivos solicitados.
- En estudio.
- Requerido.
- Pendiente de firma.
- En calificación.
- Abierto concedido.
En el caso de que sea rechazada la solicitud, el proceso tiene diferentes fases:
- Expediente archivado.
- Nacionalidad denegada.
- Expediente en vía de recurso.
- Estimado por recurso de reposición.
?Cuál es el tiempo que se tarda en conceder la nacionalidad espa?ola?
Esta es una cuestión vital para poder conocer si se ha concedido la nacionalidad o no al solicitante. No existe un período exacto, pero sí que puede llegar a comprender una época de tiempo de entre 1 y 3 a?os. De hecho, depende del caso, debido a la gran cantidad de expedientes que recibe el Ministerio de Justicia.
Por este motivo, han tenido que activar lo que se conoce como ‘planes de choque’. ?En qué consiste esto? Es la contratación de más funcionarios para que hagan horas extras para, de esta forma, ir resolviendo a mayor velocidad estos documentos.
Los documentos que hay que presentar para poder obtener la nacionalidad espa?ola
Otro de los puntos que hay que tener en cuenta es que, para poder solicitar la nacionalidad, hay que presentar una serie de documentos que estén en vigor y acrediten tanto la identidad como la validez del ciudadano o ciudadana.
Según el Ministerio de Justicia, encargado de llevar a cabo estos trámites, hay que adjuntar los siguientes documentos:
“Modelo de solicitud normalizado
En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line
- Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
- Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado.
- Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
- Justificante del pago de la tasa
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud
- Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma espa?ol (DELE).
Documentos que han de acompa?ar la solicitud de menores de edad o personas con la capacidad modificada judicialmente, en todo caso:
A) Menores de 14 a?os o personas con la capacidad modificada judicialmente que deban actuar a través de representante legal:
Cuando exista acuerdo entre los progenitores o representantes legales:
- Modelo de solicitud normalizado firmado por ambos progenitores o representantes legales o por uno solo progenitor en el caso de familias monoparentales. También podrá firmar un solo progenitor
- Si se aporta sentencia judicial que acredite la pérdida de la patria potestad del otro progenitor.
- En el caso de ausencia de uno de los dos progenitores, aportando acta notarial de autorización.
- Cuando el interesado sea una persona con la capacidad modificada judicialmente, la solicitud la formulará el representante o representantes legales que resulten de la sentencia de incapacitación.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso, conforme a los Convenios Internacionales.
- Pasaporte completo o documento de identificación en el caso de nacionales de países miembros de la Unión Europea.
- Justificante del pago de la tasa.
- Documento identificativa de los representantes legales: DNIE, NIE o pasaporte.
- Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración, obligatorio en el caso de ni?os en edad escolar.
B) Mayores de 14 a?os, pero menores de 18 a?os, no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que pueden actuar por sí mismos asistidos por su representante legal
- Modelo de solicitud normalizado. La solicitud en papel debe ir firmada tanto por el interesado como por sus representantes legales. En la presentación en sede electrónica bastará con la firma digital de uno de ellos, pero adjuntando escaneada el modelo de solicitud en papel firmada por todos.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso conforme a los Convenios Internacionales.
- Pasaporte completo documento de identificación en el caso de nacionales de países miembros de la Unión Europea.
- Justificante del pago de la tasa.
- Certificado de centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración. Este certificado será obligatorio en solicitantes menores en edad escolar y siempre que el menor o la persona con la capacidad modificada judicialmente esté inscrita en alguno de estos centros.
- Documento acreditativo de la representación legal.
Documentos adicionales que han de aportarse en casos específicos
Refugiados.
- Tarjeta de Identidad de extranjeros donde conste su condición de refugiado.
- Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951 (en caso de disponer del mismo).
- Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior (este certificado tendrá una validez de seis meses desde la fecha de su expedición) donde conste:
- Nombre y apellidos.
- Fecha y lugar de nacimiento.
- Nombres de los padres.
- Que mantiene su condición de refugiado.
Nacidos en territorio espa?ol.
- Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil espa?ol
- Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de optar.
- Certificación de nacimiento del padre/madre espa?ol.
- Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil espa?ol o resolución judicial donde conste la adopción por espa?ol o el reconocimiento de la filiación.
Personas en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional.
En los casos de acogimiento familiar:
- Auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.
- En los casos de acogimiento por Institución espa?ola:
- Resolución de dicha Institución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento.
Casado/a con espa?ol/a.
- Certificación literal de nacimiento del cónyuge espa?ol, expedido por Registro civil espa?ol.
- Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil espa?ol.
- Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge.
Viudo/a de espa?ol/a.
- Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por Registro civil espa?ol.
- Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil espa?ol actualizado, esto es, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad.
- Certificación de defunción del cónyuge.
- Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Descendiente de espa?ol
- Certificación literal de nacimiento del padre/madre espa?ol.
- Certificación literal de nacimiento abuelo/abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes espa?oles. En este caso, deberá presentarse también la certificación de nacimiento del padre/madre descendiente de espa?ol, aunque él/ella haya sido o no espa?ol.
Sefardíes
Documentación acreditativa de la condición de sefardí conforme a lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad espa?ola a los sefardíes originarios de Espa?a”.