La RFEF aclara su respuesta a la Fiscal¨ªa sobre que ve¨ªa incompatibilidad en el Caso Negreira
El Confidencial desvela que el Ministerio P¨²blico pidi¨® a la RFEF informaci¨®n sobre Negreira. La RFEF asegura que nunca fue informada de que se trataba de una investigaci¨®n sobre pagos de un club a una empresa de Negreira.

La Real Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol ya conoc¨ªa en junio de 2022 que la Fiscal¨ªa estaba investigando a Enr¨ªquez Negreira y su relaci¨®n con el Barcelona. As¨ª lo ha desvelado El Confidencial, que ha tenido acceso a los documentos que acreditan que el Ministerio P¨²blico pidi¨® a la RFEF informaci¨®n sobre el ex n¨²mero 2 de los ¨¢rbitros el 9 de junio de 2022, nueve meses antes de que el esc¨¢ndalo sacudiese al f¨²tbol espa?ol.
Entre las cuestiones sobre las que se ped¨ªa aclaraci¨®n era si Negreira exist¨ªa el conflicto de intereses en el hecho de que el n¨²mero 2 de los ¨¢rbitros cobrara de un equipo sometido a la disciplina arbitral. La respuesta de la RFEF fue que no exist¨ªa ning¨²n tipo de incompatibilidad por raz¨®n de su cargo.
La fiscal del caso, Virginia S¨¢nchez Prieto, formul¨® adem¨¢s cuestiones relativas a las funciones de Negreira en el CTA y los motivos de su cese en el cargo. La petici¨®n iba dirigida directamente a Luis Rubiales y fue despachada por un documento de un folio firmado por Luis Medina Cantalejo, actual presidente del Comit¨¦ T¨¦cnico de ?rbitros, que detalla que Negreira fue elegido para ¡°ese cargo no retribuido¡± por ?ngel Mar¨ªa Villar (ex presidente de la RFEF) a petici¨®n de S¨¢nchez Arminio (ex presidente del CTA).
Respecto a las funciones de Negreira explicaron que ¡°dicho cargo no tiene una funci¨®n ni obligaci¨®n concreta definida. La funci¨®n de vicepresidente no supon¨ªa una labor determinada, salvo la de mera representaci¨®n del organismo, asistiendo a reuniones o seminarios de arbitraje organizados por el CTA, cuyos gastos derivados eran sufragados por este organismo¡±.
Comunicado de la RFEF
Ante la informaci¨®n publicada por El Confidencial, la RFEF ha emitido un comunicado en el que se justifica asegurando que ¡°nadie sab¨ªa que la investigaci¨®n pod¨ªa versar sobre la relaci¨®n mercantil de alguna empresa perteneciente al ex ¨¢rbitro Jos¨¦ Mar¨ªa Enr¨ªquez Negreira con un club de f¨²tbol¡±. ¡°La Fiscal¨ªa traslada una serie de preguntas a la RFEF sin informar qu¨¦ tipo de investigaci¨®n est¨¢ llevando a cabo. La RFEF responde a las cuestiones planteadas de acuerdo con el marco reglamentario vigente previo a 2018, y por tanto anterior a la entrada de la nueva administraci¨®n, puesto que las preguntas se refieren a ese periodo. La RFEF nunca fue informada de que se trataba de una investigaci¨®n en el contexto de un club de f¨²tbol ni sobre pagos de un tercero a una empresa del Sr. Enr¨ªquez Negreira.¡±, sostiene. Asimismo, afirma tambi¨¦n que desde la Federaci¨®n ya se hab¨ªan referido p¨²blicamente, en boca de Andreu Camps, a la consulta que le hab¨ªa llegado desde la Fiscal¨ªa. Hizo alusi¨®n a la misma el pasado 2 de marzo en la rueda de prensa conjunta con Luis Medina Cantalejo, donde Camps tambi¨¦n reconoci¨® que la Agencia Tributaria hab¨ªa hecho un requerimiento sobre Negreira a la RFEF en octubre de 2022 a cuenta de cuestiones fiscales.
Adem¨¢s, la RFEF se extiende en sus explicaciones y diferencia entre ¡°incompatibilidades¡± y ¡°conflicto de inter¨¦s¡±: ¡°En la etapa en la que Enr¨ªquez Negreira era vicepresidente del CTA, los ¨¢rbitros no eran profesionales y todos ellos ten¨ªan una asignaci¨®n por arbitrar y la posibilidad de ostentar un empleo fuera del arbitraje. Del mismo modo ocurr¨ªa con el Sr. Negreira, cuyo puesto no era retribuido ni generaba dedicaci¨®n exclusiva y que, por tanto, pod¨ªa desarrollar empleos o cargos fuera de la RFEF, obviamente, con los l¨ªmites que marcan tanto los reglamentos como la Ley. La Fiscal¨ªa plantea esta cuesti¨®n de forma gen¨¦rica solicitando informaci¨®n sobre ¡°incompatibilidades¡± -t¨¦rmino que alude a la ¡°imposibilidad legal de una persona para ejercer dos o m¨¢s cargos a la vez¡±-. En ese sentido, el Sr. Negreira no ten¨ªa incompatibilidad al no tener vinculaci¨®n laboral alguna con la RFEF. No debe confundirse la incompatibilidad legal con el concepto de conflicto de intereses. De haber conocido la actividad desarrollada por el Sr. Negreira revelada por la Fiscal¨ªa en fechas recientes, se hubiera podido afirmar que exist¨ªa un claro conflicto de inter¨¦s, contrario a las normas ¨¦ticas de la RFEF¡±. Por ¨²ltimo, recuerda que ¡°el actual equipo directivo de la RFEF implant¨®, desde el mismo momento de su llegada, un r¨¦gimen de incompatibilidades normativas que se a?adieron a la lista de conflictos de inter¨¦s previstos en el c¨®digo ¨¦tico¡±.