Un conductor de autob¨²s se queda sin gasolina a mitad de trayecto, la empresa le despide y la Justicia dicta sentencia con procedente
El conductor hab¨ªa sido advertido de que el suministrador de combustible de la empresa no funcionaba, por lo que deb¨ªa repostar en alguna gasolinera.

El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV), ha ratificado el despido de un conductor de autob¨²s despu¨¦s de que este se quedar¨¢ sin combustible en mitad de un servicio, informa el medio ElDerecho.
Los hechos tuvieron lugar el 3 de diciembre de 2023, cuando el empleado deb¨ªa realizar un trayecto entre las localidades de Zumaia y Elgoibar. Seg¨²n la compa?¨ªa, el autobusero hab¨ªa sido advertido el d¨ªa anterior de que el suministrador de combustible de la empresa no funcionaba, por lo que deb¨ªa repostar en alguna gasolinera.
Asimismo, el d¨ªa de los hechos, antes de iniciar el viaje, el indicador de gasolina del veh¨ªculo mostraba que este se encontraba en reserva, por lo que no contaba con combustible suficiente para completar el recorrido de 15,5 kil¨®metros.
Sin embargo, hizo caso omiso, qued¨¢ndose a mitad de camino sin gasoil. En consecuencia, se interrumpi¨® el transporte de los viajeros, obligando a la empresa a ¡°contratar otros dos veh¨ªculos¡± para poder llevar a los pasajeros hasta su destino.
Por otro lado, la compa?¨ªa requiri¨® de un servicio de taxi para transportar al conductor del autob¨²s a por gasolina, y, m¨¢s tarde, abonar la purga del dep¨®sito tras ser repostado, ya que no arrancaba.
Despido procedente
Tras ser despedido, el Juzgado de lo Social 5 de Donostia ¨C San Sebasti¨¢n lo consider¨® procedente, alegando que su comportamiento hab¨ªa sido inadmisible al perjudicar tanto a los pasajeros del autob¨²s como a la propia compa?¨ªa de transportes.
El empleado recurri¨® m¨¢s tarde al TSJPV, asegurando que el despido era una medida excesiva. Tras repasar el caso, el tribunal concluy¨® que la ¡°versi¨®n judicial de los hechos encaja¡± con el art¨ªculo 28 del convenio colectivo de transportes de viajeros por carretera de Guip¨²zcoa, y asegur¨® que ¡°no cabe tildar desproporcionada la sanci¨®n impuesta¡±, ya que el trabajador hab¨ªa cometido una falta muy grave.
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