El motivo por el que el SEPE le puede quitar el subsidio de larga duraci¨®n a los parados
El desempleado tiene que acreditar que ha estado realizando una b¨²squeda activa de empleo. De no ser as¨ª, se sanciona con la p¨¦rdida de la prestaci¨®n tres meses (la 1?), seis meses (la 2?) y con la extinci¨®n de la prestaci¨®n (la 3?).

El Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE) en Espa?a es el organismo encargado de gestionar las prestaciones por desempleo y los subsidios para los parados. En este contexto, cabe destacar la llamada Renta Activa de Inserci¨®n (RAI), un subsidio de 480 euros al mes que el SEPE ofrece a los parados de larga duraci¨®n que ya hayan cumplidos los 45 a?os y se encuentren con grandes dificultades para incorporarse al mercado laboral.
Se concede durante 11 meses, con posibilidad de pr¨®rroga hasta tres veces. Al solicitarla, adem¨¢s de demostrar que es parado de larga duraci¨®n y cumplir con el requisito de rentas (no puede tener ingresos que superen los 810 euros mensuales), el desempleado tiene que acreditar que ha estado realizando una b¨²squeda activa de empleo.
Condicionantes
De hecho, los servicios de empleo tomar¨¢n en consideraci¨®n lo siguiente:
- El trabajo por cuenta propia o ajena.
- La inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
- El envío o presentación de currículos en tres empresas distintas.
- La realización de una entrevista de trabajo como mínimo.
- La inscripción como solicitante de empleo en dos o más portales de empleo públicos o privados.
- La presentación a una o más ofertas de trabajo gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo.
- Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y el emprendimiento.
Para que el solicitante en paro pueda demostrar todas las actividades que ha hecho encaminadas a lograr un trabajo antes de tramitar la petici¨®n, tranquilidad, ya que existe un impreso donde podr¨¢ registrarlas, siendo los servicios auton¨®micos de empleo los que tendr¨¢n que sellar el certificado de haber realizado esta b¨²squeda activa. Con ello, deber¨¢n acudir al SEPE para solicitar al subsidio.
Obligaciones
Entre las obligaciones con las que tiene que cumplir el desempleado, es conveniente se?alar la b¨²squeda activa de empleo y la participaci¨®n en acciones para aumentar las posibilidades de ocupar un trabajo que, en su caso, indiquen los servicios p¨²blicos de empleo de un itinerario de inserci¨®n.
¡°Las personas beneficiarias de prestaciones justificar¨¢n ante el SEPE y los servicios p¨²blicos de empleo auton¨®micos, cuando se les solicite, las actuaciones que hayan realizado dirigidas a la b¨²squeda activa de empleo, su vuelta al mercado laboral o a la mejora de sus posibilidades de ocupaci¨®n. Esta acreditaci¨®n se efectuar¨¢ en la forma en que estos organismos acuerden en el marco de la mutua colaboraci¨®n. Si no se acredita, se considerar¨¢ que no se cumple el compromiso de actividad¡±, se?ala de manera contundente el SEPE.
Infracci¨®n leve
Es por ello que incumplir con este compromiso de actividad est¨¢ considerado una infracci¨®n leve por los servicios de empleo y se sanciona con la p¨¦rdida de la prestaci¨®n tres meses la primera vez, seis meses si se reincide una segunda vez y con la extinci¨®n de la prestaci¨®n si hay una tercera vez.
Ahora bien, tambi¨¦n es importante tener en cuenta que el SEPE sigue procedimientos legales y ofrece a los beneficiarios la oportunidad de presentar alegaciones antes de tomar medidas definitivas. Los parados que enfrentan la p¨¦rdida de su subsidio de larga duraci¨®n deben buscar asesoramiento legal o ponerse en contacto con el SEPE para entender sus derechos y responsabilidades y resolver cualquier problema que haya surgido