Cu¨¢les son los requisitos para hacer una huelga general y qui¨¦n tiene capacidad para convocarla
El sindicato de Vox, Solidaridad, ha convocado una huelga para el 24 de noviembre en protesta por la ley de amnist¨ªa. Los comit¨¦s de empresa de Renfe y Adif lo hicieron contra la cesi¨®n de Rodalies.


Los pactos de investidura entre PSOE y los partidos independentistas han provocado la convocatoria de dos huelgas completamente diferentes. Por un lado, los comit¨¦s de empresa de Renfe y Adif convocaron huelga para los d¨ªas 24 y 30 de noviembre, y el 1, 4 y 5 de diciembre por la cesi¨®n de Rodalies a la Generalitat.
A esta ¨²ltima, se suma la convocada por Solidaridad, el sindicato de Vox, que ha convocado otra huelga para el 24 de noviembre en protesta contra la ley de amnist¨ªa. La normativa no solo ha despertado cr¨ªticas en la oposici¨®n, sino tambi¨¦n en el poder judicial y en parte de la sociedad, que se manifest¨® el pasado domingo en la mayor¨ªa de capitales de provincia.
Qu¨¦ es y cu¨¢les son los requisitos para convocar una huelga
Regulada en el art¨ªculo 28 de la Constituci¨®n Espa?ola, la huelga es el cese de la prestaci¨®n de trabajo llevada a cabo de forma colectiva y concertada por los trabajadores. Seg¨²n informa en su web el Ministerio de Trabajo, la declaraci¨®n de huelga ¡°ha de realizarse por acuerdo de los representantes de los trabajadores, adoptado en reuni¨®n conjunta y por mayor¨ªa, levantando el acta correspondiente¡±.
Tambi¨¦n puede acordarse por los empleados afectados. Sin embargo, en este escenario, la votaci¨®n ¡°habr¨¢ de ser secreta y se decidir¨¢ por mayor¨ªa simple, y por acuerdo adoptado por las organizaciones sindicales con implantaci¨®n en el ¨¢mbito laboral al que la huelga se extienda¡±. Para efectuarse, debe comunicarse al empresario y a la autoridad laboral por escrito con una antelaci¨®n de cinco d¨ªas naturales a la fecha de inicio. El plazo aumenta a diez d¨ªas para las empresas de servicios p¨²blicos.
Por otro lado, es imprescindible la constituci¨®n de un comit¨¦ de huelga, formado por un m¨¢ximo de 12 trabajadores de los centros de trabajo afectados. Este ser¨¢ el responsable de participar en las actuaciones sindicales, administrativas o judiciales se realicen para la soluci¨®n del conflicto, as¨ª como garantizar la prestaci¨®n de los servicios m¨ªnimos en la empresa afectada por la convocatoria de huelga.
Qui¨¦n tiene capacidad para su convocatoria
Son los sindicatos y los comit¨¦s de empresa quienes tienen poder de convocatoria de huelga. El Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, as¨ª como el Recurso de Inconstitucionalidad n¨²mero 192/1980, sentencia de 8 de abril de 1981 pronunciado por el Tribunal Constitucional, recogen c¨®mo debe llevarse a cabo la convocatoria de la misma.
Esto es lo que recoge el punto 11 del mencionado recurso del TC. ¡°Se puede, por ello, decir que si bien la titularidad del derecho de huelga pertenece a los trabajadores, y que a cada uno de ellos corresponde el derecho de sumarse o no a las huelgas declaradas, las facultades en que consiste el ejercicio del derecho de huelga, en cuanto acci¨®n colectiva y concertada, corresponden tanto a los trabajadores como a sus representantes y a las organizaciones sindicales¡±.