?Puede un futbolista faltar a un partido de f¨²tbol si le ha tocado ser mesa electoral del 23J?
Entre las causas justificadas por s¨ª mismas no est¨¢ incluida la disputa de un partido de f¨²tbol, sea cual sea el nivel. Esa decisi¨®n depender¨¢, en ¨²ltimo caso, de la Junta Electoral.

Las elecciones generales est¨¢n a la vuelta de la esquina. En unos d¨ªas, m¨¢s de 37 millones de espa?oles est¨¢n llamados a votar en unos comicios adelantados que convoc¨® Pedro S¨¢nchez tras los resultados del 28M.
Las mesas electorales del pr¨®ximo 23 de julio estar¨¢n compuestas por tres personas: el presidente de la mesa y dos vocales. Unos puestos a los que puede optar parte de la poblaci¨®n, como queda recogido en la Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General (LOREG). Es ¡®elegible¡¯ cualquier ciudadano mayor de edad y menor de 70 a?os que sepa leer y escribir. El presidente, adem¨¢s, deber¨¢ estar en posesi¨®n del t¨ªtulo de Bachillerato, una FP de segundo grado o, de forma subsidiaria, del Graduado Escolar.
A pesar de caer en domingo, siempre hay quien por alg¨²n u otro motivo pueda no acudir o intente librarse de acudir a la mesa. Un caso que puede parecer peculiar es de los futbolistas, en cuyos casos pueden tener fijado un partido en la jornada dominical mientras se celebran los comicios. Seg¨²n las excepciones recogidas en la Instrucci¨®n 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, publicada en el BOE, el mero hecho de tener un partido no ser¨¢ causa justificada para ausentarse de sus obligaciones como parte de la mesa.
¡®Excusas¡¯ legales
Las causas personales justifican por s¨ª solas que un miembro de la mesa sea relevado. Entre ellas encontramos el hecho de ser mayor de 65 a?os y menor de 70, tener alg¨²n tipo de discapacidad, tener condici¨®n de pensionista de incapacidad permanente absoluta o incapacidad temporal para el trabajo, con su correspondiente baja m¨¦dica. Tambi¨¦n, la gestaci¨®n a partir de los seis meses de embarazo o haber formado parte de una mesa al menos tres meses en la ¨²ltima d¨¦cada.
Todas ellas, por si solas, eximen de toda responsabilidad electoral. Pero tambi¨¦n otras de car¨¢cter profesional, como el que deba prestar sus servicios a las Juntas Electorales, as¨ª como de servicios esenciales de la comunidad (m¨¦dicos, sanitarios, bomberos), directores de medio de comunicaci¨®n de informaci¨®n general y profesiones que deban participar en acontecimientos p¨²blicos el mismo d¨ªa de la votaci¨®n.
El ¡®caso Marcelo¡¯
El mayor de 2021, el por entonces futbolista del Real Madrid estaba convocado a primera hora de la ma?ana como segundo suplente de vocal en las elecciones de la Comunidad de Madrid. Unos comicios celebrados en martes, en la v¨ªspera de un Chelsea - Real Madrid de Champions League. El brasile?o, ante la negativa por parte de la Junta Electoral a librarle del cargo, acudi¨® a primera hora de la ma?ana, cuando se constituyen las mesas.
Tras acudir el vocal titular de su mesa electoral, finalmente Marcelo pudo viajar con el resto del equipo blanco. No ocurri¨® igual en el caso de Marc M¨¢rquez o I?aki Williams, quienes alegaron que su presencia podr¨ªa derivar en dificultades para el normal desarrollo de las votaciones. Entonces, la Junta Electoral dio el visto bueno. Tal y como explican desde el Ministerio del Interior, una vez constituida la mesa, si los suplentes no forman parte de ella, ¡°quedan exentos de sus obligaciones¡±. Y en caso de que uno de los miembros de la mesa deba ausentarse, ¨¦sta seguir¨¢ con los restantes.