Malas noticias de Hacienda: estos son los herederos que deben pagar Sucesiones aunque renuncien al testamento
Aquellos que renuncien a favor de otro heredero deber¨¢n hacer frente al pago de este gravamen, que oscila entre el 7,65% y el 34%.

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que grava el patrimonio adquirido por los contribuyentes a trav¨¦s de herencias, es decir, la transmisi¨®n de bienes y derechos por causa de fallecimiento de una persona.
Acerca de este impuesto, Hacienda ha se?alado qu¨¦ contribuyentes est¨¢n obligados a pagar este gravamen, que var¨ªa entre el 7,65% y el 34%. Seg¨²n informa El Economista, por medio de la Direcci¨®n General de Tributos (DGT), deben pagarlo aquellos que renuncien a una herencia en favor de un heredero.
Seg¨²n el criterio de este organismo, dicho acto se considerar¨ªa una aceptaci¨®n de los bienes, dando respuesta as¨ª a un caso de un contribuyente que renunci¨® al 25% de un piso que hered¨® en favor de sus hermanos, tal y como se?ala el mencionado medio.
De esta manera, el contribuyente estar¨¢ obligado a hacer frente al pago del gravamen pese a la renuncia. El plazo m¨¢ximo establecido para abonar este impuesto, regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, es de seis meses despu¨¦s de la fecha de fallecimiento.
Novedades en dos comunidades
En 2025, han sido dos las comunidades que han experimentado novedades en lo que respecta a la legislaci¨®n tributaria de este gravamen. Extremadura, apost¨® por eliminar este impuesto para familiares con v¨ªnculos especiales, adem¨¢s de sobrinos e hijastros.
Madrid, por su parte, increment¨® la bonificaci¨®n al 50% para hermanos, t¨ªos y sobrinos, mientras que mantiene el 99% para ascendientes, descendientes y c¨®nyuges, de modo que estos ¨²ltimos solo abonan el 1% del impuesto.
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